BOLETÍN JUDICIAL N° 183 DEL 27 DE SETIEMBRE DEL 2019
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ASUNTO: Acción de
Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
TERCERA PUBLICACIÓN
Para
los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley
de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que
se tramita con el número 18-008173-0007-CO promovida por Francisco José Amado
Quirós, José Antonio Miranda Núñez contra el artículo 160, inciso b), de la
Convención Colectiva del Instituto Nacional de Seguros, por estimarlo contrario
a los derechos protegidos en los artículos 11, 33, 46, 50, 57, 63, 68 y 74 de
la Constitución Política, se ha dictado el voto número 2019-017398 de las doce
horas y cincuenta y cinco minutos de once de setiembre de dos mil diecinueve,
que literalmente dice:
“Se
declara con lugar la acción. En consecuencia, se anula por inconstitucional el
inciso b) del artículo 160 de la Convención Colectiva del Instituto Nacional de
Seguros. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de
vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe.
El Magistrado Salazar Alvarado pone nota. El Magistrado Cruz Castro salva el
voto y declara sin lugar la acción. Reséñese este pronunciamiento en el Diario
Oficial La Gaceta, y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial.
Notifíquese.”
Se
hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige
a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.
San
José, 16 de setiembre del 2019.
Vernor
Perera León,
Secretario
a.i.
O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2019384505
).
Para los efectos de los artículos 88
párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el
N° 18-015287-0007-CO, promovida por Benjamín Joel Mayorga Mora, Daisy Magaly
Lázaro Quesada contra la Ley para autorizar el aprovechamiento de agua para
consumo humano y construcción de obras conexas en el patrimonio natural del
Estado, Ley N° 9590 de 3 de julio de 2018, por estimarla contraria a lo
dispuesto en los artículos 9, 50 y 89 de la Constitución Política, a los
principios precautorio, de objetivación y de no regresión en materia ambiental,
a lo señalado en el numeral 5 de la Convención para la Protección de la Flora,
la Fauna y de las Bellezas Escénicas Naturales de los Países de América, en el
Convenio Regional. para el Manejo y Conservación de los Ecosistemas Naturales
Forestales y el Desarrollo de Plantaciones Forestales del Sistema de
Integración Centroamericana, en los ordinales 4 y 5 de la Convención sobre
Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural, en los artículos 2.5 y
4.2 de la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional
(Convenio Ramsar), en el ordinal 6. 1.a. del Convenio 169 de la OIT Sobre
Pueblos Indígenas y Tribales y en los artículos 8.1, 25 y 32.1 de la Declaración
de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, se ha
dictado el voto número 2019-017397 de las doce horas y cincuenta y cuatro
minutos de once de setiembre de dos mil diecinueve, que literalmente dice:
«Se declara
parcialmente con lugar la acción y, en consecuencia, únicamente se anula la
frase “no será necesario el trámite de autorización ante el Minae” del párrafo
4 del artículo 2 de la ley número 9590. Esta sentencia tiene efectos
declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la frase anulada de la
norma en cuestión, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. En lo
demás, se declara sin lugar la acción. Los Magistrados Castillo Víquez, Salazar
Alvarado y Araya García ponen nota. La Magistrada Esquivel Rodríguez pone nota.
Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y
publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese al
Procurador General de la República, al Presidente de
la Asamblea Legislativa, a los accionantes y a todos los intervinientes.»
Se
hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige
a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.
San
José, 16 de setiembre del 2019.
Vernor
Perera León,
Secretario
a.i.
O.
C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2019384506 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Brayner González
Vargas 0109450879, quien fue soltero, vecino de Villa Bonita de Alajuela,
fallecido el 10 de febrero del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 19-001150-0639-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial,
expediente N° 19-001150-0639-LA. Gestionante Gerardo González González a favor
del fallecido Brayner González Vargas.—Juzgado
Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de julio del
2019.—Lic. Eugenio Molina Sequeira, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2019385186 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Leyda Elizabeth Lombana, quien fue mayor, soltera, cédula
de residencia N° 117001076329, con último domicilio en la Unión de Cartago, y
falleció el 15 de mayo del 2018; se consideren con derecho para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias del proceso de
consignación de prestaciones, que se tramita bajo el expediente N°
19-001237-0641-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
19-001237-0641-LA, promovido por Cristian Andrés Jaimes Lombana, cédula de
identidad N° 8-0116-0485.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 3 de setiembre
del 2019.—Licda. Gabriela Pizarro Corea, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385189 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de: María Elena Quesada Roda, quien fue mayor, casada, cédula
de identidad número 3-0220-0783, con último domicilio en Tejar del Guarco de
Cartago, y falleció el 16 de diciembre del 2014; se consideren con derecho,
para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
del proceso de consignación de prestaciones, que se tramita bajo el expediente
número 19-001278-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº
19-001278-0641-LA. Promovido por Julio Antonio Cerdas Martínez, cédula de
identidad número 3-0233-0823.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 17 de
setiembre del 2019.—Lic. Jorge Andrés Picado Chacón, Juez.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019385190 ).
Se cita y emplaza a las personas que en
carácter de causahabientes de María Linett Porras Durán, cédula de identidad
1-600-953 y falleció el 23 de junio del 2019, se consideren con derecho para
que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de
conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de
Trabajo. Expediente N° 19-001383-0166-LA. Diligencias de distribución de
prestaciones de la persona fallecida María Linett Porras Durán.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 28 de
agosto del 2019.—M.SC. Ángela Garro Morales, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385197 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de: Marlen Carvajal Calvo, cédula de identidad N° 0105970020,
fallecido(a) el 23 de julio del 2019, se consideren con derecho, para que,
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el número 19-001443-0166-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Expediente Nº 19-001443-0166-LA. Promovido por Jorge
Arturo Carvajal Calvo, portador de la cédula N° 0110750763, en a favor de
Marlen Carvajal Calvo.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de San José, 02 de setiembre del 2019.—M.Sc. Ángela
Garro Morales, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019385198 ).
Se cita y emplaza a las personas que en
carácter de causahabientes de Juan Franklin Ríos Sandí cédula de identidad
6-043-900 y falleció el 13 de setiembre del 2018, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los
artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en El Boletín
Judicial. Expediente N° 19-001470-0166-LA. Diligencias de distribución de
prestaciones de la persona fallecida Juan Franklin Ríos Sandí. —Juzgado de
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 29 de agosto
del 2019.—M.Sc. Angela Garro Morales, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019385199 ).
Se cita y emplaza a las personas que,
en carácter de causahabientes de Mario Antonio Campos Mohr, cédula de identidad
N° 4-074-794 y falleció el 28 de julio del año 2018, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los
artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-001473-0166-LA.
Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Mario
Antonio Campos Mohr.—Juzgado de Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 29 de agosto del 2019.—M.Sc.
Angela Garro Morales, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385200 ).
Se cita y emplaza a los que, en
carácter de causahabientes de Kenny Valverde Rivera, cédula de identidad N°
0604330061, fallecida el 19 de abril del año 2018, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número
19-001507-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
19-001507-0166-LA. Promovido por Mireya Rivera Barboza, cédula de identidad N°
9-079-067 a favor de Kenny Valverde Rivera.—Juzgado
de Trabajo Segundo Circuito Judicial San José, 03 de setiembre del
2019.—M.Sc. Ángela Garro Morales, Jueza.—1 vez.—O. C.
N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385201 ).
Se cita y emplaza a las personas que,
en carácter de causahabientes de Lorna Elizabeth Fonseca Morales, 0111800640,
fallecido el 23 de junio del 2019, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles,
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a
hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-001512-0166-LA. Diligencias de
distribución de prestaciones de la persona fallecida Lorna Elizabeth Fonseca Morales.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de San José, Goicoechea, 05 de setiembre del 2019.—M.Sc. Ángela Garro
Morales, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2019385202 ).
Se cita y emplaza a las personas que en
carácter de causahabientes de Johnny Alberto Madrigal Serrano cédula de
identidad 0109520326 y falleció el 30 de mayo del 2018, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo
establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una
vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 19-001527-0166-LA. Diligencias
de distribución de prestaciones de la persona fallecida Johnny Alberto Madrigal
Serrano.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 6 de setiembre del 2019.—M.Sc. Ángela
Garro Morales, Jueza.—1 vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2019385204 ).
Se cita y emplaza a las personas que en
carácter de causahabientes de: María Linett Porras Durán, cédula de identidad
N° 1-600-953, y falleció el 23 de junio del 2019, se consideren con derecho,
para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus
derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del
Código de Trabajo. Expediente N° 19-001604-0166-LA. Diligencias de distribución
de prestaciones de la persona fallecida: María Linett Porras Durán.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 17 de
setiembre del 2019.—M.Sc. Ángela Garro Morales, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019385209 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de: Mario Montoya Fonseca, quien fue mayor, casado, portó la
cédula de identidad N° 1-0181-0830, falleció el 31 de octubre del 2018, se
consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones laborales N°
19-001979-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº
19-001979-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer
Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 12 de setiembre del
2019.—Licda. Jesica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019385634 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Alejandro Navas
Noguera, cédula de identidad N° 06-0033-0958, fallecido el 6 de setiembre del
2019, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho
días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante
este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N°
19-001984-0173-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
19-001984-0173-LA, por Cruz Angulo Angulo.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 18 de
setiembre del 2019.—Licda. Jessica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385637 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Dennis Romero Cruz,
cédula de identidad 01-0892-0738, fallecido el 25 de octubre del año 2017, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector público bajo el Número
19-001991- 0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en El Boletín judicial. Por Magally Angélica Mora Alvarado. Expediente
Nº 19-001991-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer
Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 18 de setiembre del año
2019.—Licda. Jessica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019385638 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Quirós Solano,
0301850326, mayor, casado, vecino de Pedregoso Pérez Zeledón, laboró para
Constructora Meco Sociedad Anónima, y falleció el 05 de julio del año 2019, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número
19-000338-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
19-000338-1125-LA. por Constructora Meco S. A. a favor de Mario Quirós Solano.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 20 de agosto del
2019.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385799 ).
Por el termino de ocho días, se cita y
emplaza a los causahabientes del fallecido Ricardo Francisco Barquero Sánchez,
quien fue mayor, casado, costarricense, con cédula de identidad N°
02-0476-0789, vecino de Guayabo, Guanacaste, para que se apersonen en
diligencias de devolución de ahorros de trabajador, fondo de capitalización
laboral del fallecido, promovidas por Xinia Ramírez Alvarado bajo
apercibimiento de que si así no lo hicieren las sumas que ingresen por este
concepto, será entregados a quien derecho tenga de ellos. Expediente Nº
19-000030-1560-LA.—Juzgado Contravencional de
Bagaces (Materia Laboral), 05 de julio del año 2019.—Licda. Eliana
Hernández Vanegas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019385898 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Julio Castillo Silva 155811955804, fallecido el 23 de
agosto del año 2019, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. Prest. Sector privado bajo el Número 19-000087-1584-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en El Boletín judicial. Por a
favor de Julio Castillo Silva. Expediente N° 19-000087-1584-LA.—Juzgado
Contravencional de Carrillo (Materia Laboral), 10 de setiembre del año
2019.—Lic. Joshua Zamora Méndez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2019385901 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de: Edilberto Antonio Osorio Cascante, cédula N° 0503270844,
fallecido el 27 de julio del 2003, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector privado bajo el número 19-000092-1584-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente Nº 19-000092-1584-LA. Por Operadora de Pensiones del
Banco Popular y Desarrollo Comunal a favor de Edilberto Antonio Osorio Cascante.—Juzgado Contravencional de Carrillo (Materia
Laboral), 18 de setiembre del 2019.—Licda. Amadita Barrantes Delgado,
Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019385902 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Aníbal Roberto Morice Ortiz, 0503740609, fallecido el 09
de agosto del año 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest.
sector privado, bajo el número 19-000095-1584-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
19-000095-1584-LA. Por a favor de Aníbal Roberto Morice Ortiz.—Juzgado
Contravencional de Carrillo (Materia Laboral), 18 de setiembre del año
2019.—Licda. María Carolina Soto Johanson, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385903 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Yerald Donni Ruiz Poveda, con cédula de identidad número
0702350010, fallecido el tres de marzo del dos mil diecinueve, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones, bajo el número
19-000769-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 19-000769-0679-LA. Por Lucrecia
del Carmen Poveda Acosta a favor de Yerald Donni Ruiz Poveda.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 26 de agosto
del año 2019.—Msc. Ana Shirley Naranjo Solano, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385907 ).
En la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes y
anotaciones, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas número:
353-07380-01-0904-001, remátese la finca de Puntarenas, matrícula: 50996-002.
Naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada: distrito 01 Miramar,
cantón 4 Montes de Oro, provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Nelson
Herrera; sur, lote 2A; este, calle pública con 10 m 01 cm; oeste, Nelson
Herrera. Mide: 498 metros con 19 decímetros cuadrados. Plano: P-0617822-1986. Primer remate: Se señalan las 08:30 a.
m. 17/octubre/2019, con la base de 29.536.259,79 colones. Segundo remate: Se señalan las 08:30 a. m. 28/octubre/2019,
con la base de ¢22.152.194,85 colones (base inicial menos un 25%). Tercer remate: Se señalan las 08:30 a.
m. 06/noviembre/2019, con la base de ¢7.384.064,94 (25% de la base inicial). Lo
anterior por haberse ordenado en: expediente N° 09-700142-0442-PA-3. Demanda de
pensión alimentaria. Actora: Johanna Teresa Montero Delgado. Demandado: Eduardo
Chavarría Molina. —Juzgado Contravencional de Osa, a las 16:30 horas del
03 de setiembre del 2019.—Licda. Sonia Abarca García, Jueza.—O.
C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019385563 ). 3 v. 3.
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En
este Despacho, con una base de cinco millones quinientos cuatro mil sesenta y
ocho colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate la
finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento veinticinco mil
cuatrocientos diecinueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno para
construir hoy con una casa. Lote bloque F lote 1-F. Situada en el distrito 1
Liberia, cantón 1 Liberia, de la provincia de Guanacaste. colinda: al norte,
Rafael Enrique y Fernando Hurtado Clachar; al sur, lote 2-F; al este, resto
destinado para área de juegos infantiles a donar a la Municipalidad de Liberia;
y al oeste, Calle Itabo con 10 metros lineales. Mide: doscientos cuarenta
metros cuadrados. Plano: G-0734676-2001. Para tal efecto, se señalan las quince
horas y treinta minutos del veintiuno de octubre del año dos mil diecinueve. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta
minutos del veintinueve de octubre del año dos mil diecinueve con la base de cuatro
millones ciento veintiocho mil cincuenta y un colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas y treinta minutos del seis de noviembre del año dos mil diecinueve
con la base de un millón trescientos setenta y seis mil diecisiete colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Manuel
Antonio Menjívar Vanegas contra Heylen Yaritza Bonilla Romero. Expediente
19-003318-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Guanacaste, 19 de agosto del año 2019.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez
Decisor.—( IN2019385911 ).
En este Despacho, con una base de
cuatro millones setecientos cincuenta y cinco mil trescientos treinta y tres
colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de Guanacaste, matrícula número doscientos veinticinco mil
doscientos cincuenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 2-Cañas Dulces, cantón 1-Liberia, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juan Rafael Ramírez Alvarado; al
sur, Carmen Miranda Miranda; al este, Juan Rafael Ramírez Alvarado, y al oeste,
calle pública. Mide: trescientos once metros con treinta y dos decímetros
cuadrados. Plano: G-0305598-1996. Para tal efecto, se señalan las siete horas y
treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas y treinta minutos
del treinta de octubre del dos mil diecinueve, con la base de tres millones
quinientos sesenta y seis mil cuatrocientos noventa y nueve colones con setenta
y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate, se señalan las siete horas y treinta minutos del siete de
noviembre del dos mil diecinueve, con la base de un millón ciento ochenta y
ocho mil ochocientos treinta y tres colones con veinticinco céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Soluciones Magol Sociedad Anónima contra Mario de
Jesús Cortes Junez. Expediente Nº 19-003092-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 20 de agosto del 2019.—Lic.
Jorge Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—( IN2019385912 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas del siete de noviembre de dos
mil diecinueve y con la base de seis millones cuatrocientos cuarenta y nueve
mil novecientos noventa y tres colones, sáquese a remate los bienes embargados
en autos: sea en el mejor postor remataré lo siguiente: tres cabañas de madera
de melina y fibrolit, con techo de zinc, cabaña número uno, una cama
matrimonial de madera, dos camas individuales, dos colchones pequeños, una
grande con su respectiva ropa de cama y un servicio sanitario, cabaña numero
dos; una cama matrimonial de madera teca, con colchón y su ropa de cama, un
servicio sanitario, cabaña número tres; dos camarotes de madera con cuatro
colchones pequeños y su respectiva ropa de cama y un servicio sanitario, una
tarima de madera techada con zinc galvanizado, una lavadora marca LG color
blanco, un mueble de cocina de cerámica y madera de seis puertas pequeñas, una
cocina industrial veramatic de tres quemadores, cinco mesas de reseco y teca,
veintidós sillas de reseco y teca, once kayak, diez sencillos y uno doble de
color naranja. Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución sentencia de Quintero Jesenia Quintero
contra Álvaro Jaime Del Socorro Calderón Alfaro. Expediente: 14-000050-1086-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito,
(Materia Familia), 29 de agosto del 2019.—Licda. Ana Catalina Cisneros
Martínez, Jueza.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385919
).
En este Despacho, con una base de cinco
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 509-05460-01-0008-001;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos
ochenta mil quinientos ochenta y dos, derecho 000, la cual es terreno para
construir, con apartamento y oficina. Situada: en el distrito 3-La Trinidad,
cantón 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Jesús Marín
Herrera y Carlos Alberto Aguilar Rojas; al sur, José Joaquín Chavarría Calderón;
al este, Avelino Jiménez Marín; al oeste, calle pública con 3,00 metros de
frente y Carlos Alberto Aguilar; al noreste, Abelino Jiménez Marín; al
noroeste, Jesús Marín Herrera y Carlos Alberto Aguilar Herrera; al sureste,
José Joaquín Chavarría Calderón, y al suroeste, calle pública con 3,00 metros
de frente y Carlos Alberto Aguilar Herrera. Mide: trescientos sesenta y dos
metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
diez horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil diecinueve. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y treinta
minutos del doce de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y
treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de
un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alfonso
Agustín Gutiérrez Gutiérrez. Expediente Nº 18-010034-1764-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Segunda, 05 de setiembre del 2019.—Licda. Mariela María Porras Retana,
Jueza Tramitadora.—( IN2019385941 ).
En este Despacho, con una base de
ciento cuatro mil setecientos dólares exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de A y A bajo
las citas 2012- 129521-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de
San José, matrícula número 99572-F-000, la cual es terreno finca filial número
diecisiete de dos niveles destinada a uso habitacional en proceso de
construcción. Situada en el distrito 5 Piedades, cantón 9 Santa Ana, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, área común libre de aceras parqueo en
medio y calle; al sur, parque; al este, finca filial número dieciséis y al
oeste, finca filial número dieciocho. Mide: ciento treinta y dos metros con
cero decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
diez horas y cero minutos del treinta de octubre del año dos mil diecinueve. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero
minutos del siete de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de
setenta y ocho mil quinientos veinticinco dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas y cero minutos del quince de noviembre del año dos mil diecinueve
con la base de veintiséis mil ciento setenta y cinco dólares exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Cindy Isabel Centeno Mena, Teresita de Jesús Centeno Mena. Exp. 19-004758-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial
de San José, Sección Segunda, 5 de setiembre del 2019.—Jéssika Fernández
Cubillo, Jueza Tramitadora.—( IN2019385943 ).
En este Despacho, con una base de
₡16.428.194,00, soportando los gravámenes: limitaciones de Leyes 7052,
7208 Sistema Financiero de Vivienda, citas: 0389-00010193-01-0262-001, inicia:
31 de julio de 1991 y vence: 31 de julio de 2006 y habitación familiar, citas:
0389-00010193-01-0385-001, inicia: 12 de mayo de 1998, cónyuge: Mayra Maritza
Quirós Monge, cédula 01- 0532-0059, estado civil: casada una vez, cónyuge:
Marco Tulio Campos Monge, cédula: 03-0234-0620, estado civil: casado una vez.
Sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 474361,
derechos 001 y 002, la cual es terreno para construir con una casa de habitación.
Situada en el distrito Patarra, cantón Desamparados, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, lote S-22; al sur, calle pública; al este, calle
pública; y al oeste, lote S-24. Mide: ciento veintisiete metros con noventa
decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve
horas del ocho de noviembre del dos mil diecinueve. Nota: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Mayra Maritza de
la Trinidad Quirós Monge contra Marco Tulio Campos Monge. Expediente
18-000011-0217-CI.—Tribunal Colegiado Primera
Instancia Civil Tercer Circuito Judicial de San José (Hatillo), 20 de
setiembre del año 2019.—Licda. Paola Fonseca Porras, Jueza.—( IN2019385944 ).
En este Despacho, con una base de
catorce mil trescientos noventa y un dólares con veinticuatro centavos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BHS881, marca:
Renault, estilo: Duster, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, vin:
9FBHSRAA5FM506266, color: gris, N. motor: K4MA690Q251890. Para tal efecto se
señalan las nueve horas y cero minutos del tres de marzo de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero
minutos del once de marzo de dos mil veinte con la base de diez mil setecientos
noventa y tres dólares con cuarenta y tres centavos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil veinte con la base de tres mil
quinientos noventa y siete dólares con ochenta y un centavos (25% de la base
original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica S. A. contra
Adolfo José Morales Coto, expediente N° 18-014232-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 06 de setiembre del año 2019.—Marcela
Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2019385957 ).
En este Despacho, con una base de trece
mil doscientos ochenta y cinco dólares con cincuenta y un centavos, libre de
gravámenes, pero soportando infracciones/colisiones: boleta 2017225000166,
sumaria: 17-002174-496-TR; sáquese a remate el vehículo BDV747. Marca: Hyundai,
estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2014,
color: negro, vin: KMHCT41DAEU504326, motor: G4FCDU388452, cilindrada: 1600
c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y
cero minutos del veintiocho de octubre del año dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del
cinco de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de nueve mil
novecientos sesenta y cuatro dólares con trece centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del trece de noviembre del año dos mil diecinueve
con la base de tres mil trescientos veintiún dólares con treinta y ocho centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de San José S. A. contra
Karol Julieta Fallas Chavarría, Luz María Chavarría Arguedas. Expediente N°
18-005953-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur, Pérez Zeledón, 20 de agosto del 2019.—Lic. Carlos
Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2019385960 ).
En este Despacho, con una base de siete
millones cuatrocientos noventa y cinco mil novecientos sesenta y cinco colones
exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre traslada
inscrita al tomo: 332, asiento: 10904, consecutivo: 01, secuencia: 0901,
subsecuencia. 001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula
N° 26484, derecho 000, la cual es terreno filial 432, ubicada en el edificio I
cuatro, destinada a uso habitacional. Situada en el distrito 01 Curridabat,
cantón 4-Curridabat de la provincia de San José. Colinda: al norte: vacío; al
sur, apartamentos 4, 31 y pared medianera; al este, vacío; y al oeste,
escaleras y acceso en medio apartamentos 4, 33. Mide: cuarenta y tres metros
con ochenta y cinco decímetros cuadrados y la finca del partido de San José,
matrícula N° 26485, derecho 000, la cual es terreno filial 433, ubicada en el
edificio I cuatro, destinada a uso habitacional. Situada en el distrito 01
Curridabat, cantón 4 Curridabat de la provincia de San José. Colinda: al norte:
vacío; al sur, apartamento 434 y pared medianera; al este, acceso vacío y
escaleras en medio apartamento 432, y al oeste, vacío. Mide: cuarenta y tres
metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las quince horas y treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil diecinueve, con la
base de cinco millones seiscientos veintiún mil novecientos setenta y tres
colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta
minutos del doce de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de un millón
ochocientos setenta y tres mil novecientos noventa y un colones con veinticinco
céntimos (25% de la base original). Notas: se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Olga María Quirós Alfaro. Expediente:
08-003949-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 16 de
agosto del 2019.—Gonzalo Gamboa Valverde, Juez Tramitador.—( IN2019385969 ).
En la puerta exterior de este Despacho,
con una base de tres millones trescientos cincuenta mil colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de
Puntarenas, matrícula número 101235-000, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 8-Barranca, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al noreste, Lotificadora del Pacífico Sociedad Anónima; al
noroeste, Lotificadora del Pacífico Sociedad Anónima; al sureste, resto
destinado a calle de Lotificadora del Pacífico Sociedad Anónima; y al suroeste,
Lotificadora del Pacífico Sociedad Anónima. Mide: ciento veintidós metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del
veintidós de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del dos de diciembre del
dos mil diecinueve con la base de dos millones quinientos doce mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas y cero minutos del diez de diciembre del dos
mil diecinueve con la base de ochocientos treinta y siete mil quinientos
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Pura de Banco Popular
y de Desarrollo Comunal contra Alicia María Villalobos González. Expediente N°
03-009278-0170-CA.—Juzgado Especializado de
Cobro Segundo Circuito Judicial de San José,
Sección Tercera, 19 de agosto del 2019.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde,
Juez.—( IN2019385978 ).
En este Despacho, con una base de
treinta millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 126332, derecho 000, la
cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 5-Zapote,
cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Salvador
Cruz; al sur calle pública con 8,60 metros; al este, Pinto Escalante y CIA
LTDA, y al oeste, Luis Díaz Sandí. Mide: doscientos dos metros con cuarenta y
siete decímetros cuadrados. Plano: SJ-0259887-1995. Para tal efecto, se señalan
las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez
horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil diecinueve, con la
base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
diez horas y treinta minutos del doce de noviembre de dos mil diecinueve, con
la base de siete millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Inmobiliaria Los Victoriosos S. A., Inversiones Fulemy
Sociedad Anónima contra Mercedes Barquero Barquero. Expediente Nº
19-009912-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de agosto del 2019.—Joyce
Magaly Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—( IN2019386026 ).
En este Despacho, con una base de
veintidós mil seiscientos veintiocho dólares con ochenta centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas CQQ-203. Marca
Peugeot, estilo 301 Active, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año
2016, color blanco, vin VF3DDNFPBGJ504012, cilindrada 1587 c.c., combustible
gasolina, motor Nº 10FC1A0068835. Para tal efecto se señalan las catorce horas
y cero minutos del catorce de noviembre del año dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del
veintidós de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de dieciséis mil
novecientos setenta y un dólares con sesenta centavos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce
horas y cero minutos del dos de diciembre del año dos mil diecinueve con la
base de cinco mil seiscientos cincuenta y siete dólares con veinte centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S. A. contra Ana Cecilia
Quirós Quesada, Ana Russel Hernández Quirós. Expediente 18-003542-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial Zona
Sur, Pérez Zeledón, 28 de agosto del 2019.—Lic. Carlos Contreras Reyes,
Juez Decisor.—( IN2019386083 ).
En este Despacho, con una base de
veinticinco millones doscientos cincuenta y tres mil doscientos ochenta y un
colones con sesenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada citas: 333-14215-01-0901-001; sáquese a
remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 347890-000, la cual
es terreno para construir lote 7-C con una casa de habitación. Situada: en el
distrito 4-San Antonio, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública con 7 metros 50 cm; al sur, lote 5 C; al este,
lote 6 C, y al oeste, lote 8 C. Mide: ciento cincuenta metros con un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
quince horas y cero minutos del trece de enero del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y cero minutos del
veintiuno de enero del dos mil veinte, con la base de dieciocho millones
novecientos treinta y nueve mil novecientos sesenta y un colones con veintiún
céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate, se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de
enero del dos mil veinte, con la base de seis millones trescientos trece mil
trescientos veinte colones con cuarenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ruth de las Mercedes
Murillo Cambronero. Expediente Nº 19-008828-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de setiembre del
2019.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—( IN2019386103 ).
En este Despacho, con una base de dos
millones novecientos cincuenta y tres mil novecientos sesenta y cinco colones
con cincuenta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a
remate el vehículo TSJ-6980, marca Peugeot, categoría automóvil, estilo
Partner, capacidad 5 personas, año 2013, carrocería Station Wagon o familiar,
color rojo, tracción 4x2, chasis VF37J9HECCJ653165, motor 10JBEB0022868,
cilindrada 1.600 cc, cilindros 4, combustible diesel. Para tal efecto se
señalan las nueve horas y cero minutos del seis de noviembre del año dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas y cero minutos del catorce de noviembre del año dos mil diecinueve con la
base de dos millones doscientos quince mil cuatrocientos setenta y cuatro
colones con catorce céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del
veintidós de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de setecientos
treinta y ocho mil cuatrocientos noventa y un colones con treinta y ocho
céntimos (25% de la base original). se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Manfred Rodrigo
Núñez Mora. Expediente 18-007458-1764-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 02
de setiembre del año 2019.—Licda. Susana Murillo Alpízar, Jueza Tramitadora.—(
IN2019386116 ).
En la puerta exterior de este Despacho,
con una base de noventa y dos mil quinientos noventa y nueve dólares con
cincuenta y siete centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada citas: 0241-00007407-01-0904-001. citas: 0330-
00008965-01-0002-001, 0330-00008965-01-0004-001, 0330-00008965-01-0006-001,
0330-00008965-01-0911-001, servidumbre de paso ref:1640-130-003 citas: 0335-
00015458-01-0002-001, servidumbre dominante citas: 0335-00015458-01- 0003-001,
servidumbre trasladada citas: 0335-00015458-01-0900-001,
0396-00015860-01-0910-001, servidumbre de acueducto y de paso de A y A citas:
2011-00335807-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 83378-F-000, la cual es terreno finca filial primaria
individualizada número sesenta y dos apta para construir que se destinara a uso
habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el
distrito 5-Ipis, cantón 8-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, avenida real con diez cero un metros lineales
de frente; al sur, Ervin Fernández Mora y Rafael Aguilar Alvarado; al este,
filial sesenta y uno y al oeste, filial sesenta y tres. Mide: ciento noventa y
cuatro metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
catorce horas y cero minutos del treinta de octubre del año dos mil diecinueve.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero
minutos del siete de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de sesenta
y nueve mil cuatrocientos cuarenta y nueve dólares con sesenta y ocho centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de noviembre del año dos
mil diecinueve con la base de veintitrés mil ciento cuarenta y nueve dólares
con sesenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Luis Alberto Sánchez Castro. Expediente Nº
19-004113-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 20 de setiembre del
2019.—Susana María Murillo Alpízar, Jueza Tramitadora.—( IN2019386121 ).
En este Despacho, con una base de doce
millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref:0000 Ley 2825 citas:
388-14472-01-0938-001, servidumbre de paso citas: 2017-681104-01-0002-001 y
hipoteca legal artículo 169 Bis Ley 7052 citas: 2017-681104-01-0008-001;
sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos
cincuenta y seis mil doscientos setenta y seis, derecho 000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte resto de la finca madre y servidumbre
de paso UE se constituirá; al sur Flor Venegas Espinoza; al este resto de la
finca madre y al oeste resto de la finca madre. Mide: ciento setenta y seis
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y quince minutos
del catorce de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho horas y quince minutos del veintidós de octubre
de dos mil diecinueve con la base de nueve millones trescientos treinta y tres
mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y
quince minutos del treinta de octubre de dos mil diecinueve con la base de tres
millones ciento once mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y
Préstamo contra Arelys María Gaitán Artavia, expediente Nº 19-003929-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 30 de julio del año
2019.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2019386183 ).
En este Despacho, con una base de
quinientos cincuenta y dos mil dólares exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula
número 215055-000, derecho, la cual es terreno de café. Situada en el distrito
1-Curridabat, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, noreste, calle con 28m Las Azaleas S.A.; al sur, sureste, Urbanizadora
S. A. con 30m; al este, suroeste, Hacienda El Prado S. A. 28m y al oeste,
noroeste, Urbanizadora Las Azaleas S. A. Mide: ochocientos cuarenta metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del
treinta de octubre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del siete de noviembre
del año dos mil diecinueve con la base de cuatrocientos catorce mil dólares
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de noviembre del
año dos mil diecinueve con la base de ciento treinta y ocho mil dólares exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Óscar Bahamon Cubillos. Expediente N° 19-004813-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 28 de agosto del 2019.—Licda.
Jéssika Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—( IN2019386188 ).
En este Despacho, con una base de diez
millones colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
la finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos seis mil
seiscientos cuarenta y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 1 Oriental, cantón 1
Cartago, de la provincia de Cartago. Finca ubicada en zona catastrada. Colinda:
al norte, sucesión Alicia Mata Arias; al sur, calle pública; al este, Hernán
Jiménez Mata, Gerardo Jiménez Mata y Zaida Ramírez Montoya; y al oeste, Enrique
Jiménez Mata. Mide: doscientos sesenta y seis metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del quince de enero de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y
cero minutos del veintitrés de enero de dos mil veinte con la base de siete
millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del treinta y uno de enero de dos mil veinte con la base de dos
millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Paulina María de
los Ángeles Jiménez Mata, Roy Andrés Brenes Jiménez. Expediente 18-012222-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de
agosto del año 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—(
IN2019386191 ).
En este Despacho, con una base de ocho
millones trescientos sesenta y nueve mil quinientos veintiún colones con
cincuenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones citas: 288-08299-01- 0906-002, servidumbre trasladada
citas: 288-08299-01-0907-001 y combenio ref:00067403- 000 citas:
288-08299-01-0908-002; sáquese a remate la finca del partido de Cartago,
matrícula número 245376-000 la cual es terreno de potrero. Situada en el
distrito 5-Santa Teresita, cantón 5-Turrialba, de la provincia de
Cartago-245376-000. Colinda: al norte Gerardo Rojas Vargas; al sur Isabel
Guzmán Arrieta; al este, calle pública con un frente a ella de cuarenta metros
con nueve centímetros lineales en medio de Carmen Mercedes Guillén Hidalgo y al
oeste Monumento Nacional Guayabo. Mide: dos mil cuatrocientos dos metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del
veintidós de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del treinta de octubre de
dos mil diecinueve con la base de seis millones doscientos setenta y siete mil
ciento cuarenta y un colones con catorce céntimos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del siete de noviembre de dos mil diecinueve con la base de dos
millones noventa y dos mil trescientos ochenta colones con treinta y ocho
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y Desarrollo Comunal contra Walter Mauricio Rojas Guzmán. Expediente Nº
18-010656-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 03 de setiembre del año 2019.—Marcela Brenes Piedra, Jueza
Tramitadora.—( IN2019386218 ).
En este Despacho, con una base de
dieciocho millones seiscientos noventa y cinco mil cuatrocientos cuarenta
colones con veintitrés céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando faja terreno ref.: 00029609-000; sáquese a remate la finca del
Partido de Limón, matrícula número 109658-001-002-003-004-005-006, derecho, la
cual es terreno para construir, bloque C, lote 10. Situada en el distrito 01
Limón, cantón 01 Limón de la provincia de Limón. Colinda: al norte, resto:
Marco Antonio Barrantes Mata destinado a calle pública; al sur, lote 11; al
este; y al oeste, lote 9. Mide: ciento treinta y cuatro metros con treinta y
cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas del
cinco de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas del trece de noviembre de dos mil diecinueve,
con la base de catorce millones veintiún mil quinientos ochenta colones con
diecisiete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas del veintiuno de noviembre de
dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones seiscientos setenta y tres
mil ochocientos sesenta colones con cinco céntimos (25% de la base original).
Notas: se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra
Andrea Linnett León Cerdas, Diego Andre Meza Cerdas, Jeancarlo Meza Cerdas,
José Ricardo Meza Cerdas, Kristian Alexander Meza Cerdas, Ruth Elena Cerdas
Aragón. Expediente: 18-007876-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 7 de agosto del 2019.—Licda. Karina
Quesada Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2019386219 ).
En este Despacho, con una base de ocho
millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número
cuatrocientos cincuenta y ocho mil novecientos cincuenta y ocho, derecho 000,
la cual es terreno lote 6-E terreno para construir. Situada en el distrito
7-Patarra, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, calle pública; al sur, área de protección quebrada sin nombre; al este,
lote 7 y al oeste, lote 5. Mide: ciento veinte metros con diez decímetros
cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta
y cinco minutos del dieciséis de octubre de dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco
minutos del veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve con la base de seis
millones seiscientos mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y
cuarenta y cinco minutos del cuatro de noviembre de dos mil diecinueve con la
base de dos millones doscientos mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de José Alberto Bonilla Hernández contra Ingrid
Mayela Cabrera Delgado, Julián Asdrúbal Vega Núñez. Expediente Nº
14-002733-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de mayo del 2019.—Lic.
Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Decisor.—( IN2019386237 ).
En este Despacho, con una base de
seiscientos setenta y cinco mil doscientos treinta y cuatro colones con
cincuenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate
el vehículo Mot 349117, marca: Único, estilo: Puma150, categoría: motocicleta,
serie: LPPPCKL0XC3100108, año: 2012. Para tal efecto se señalan las diez horas
y quince minutos del quince de octubre de dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y quince minutos del
veintitrés de octubre de dos mil diecinueve con la base de quinientos seis mil
cuatrocientos veinticinco colones con noventa y tres céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas y quince minutos del treinta y uno de octubre de dos mil diecinueve
con la base de ciento sesenta y ocho mil ochocientos ocho colones con sesenta y
cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de E Credit
Soluciones S. A. contra Juan José Elizondo Altamirano. Expediente
18-002101-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de agosto del año
2019.—Licda. Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—( IN2019386249 ).
En la puerta exterior de este despacho,
con una base de diecinueve millones seiscientos setenta mil ciento nueve
colones con noventa y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando condiciones Ref: 1871 445 001 citas: 276-05226-01-0901-006, Conds.
Limit. Ref: 2140-259-001 citas: 336-05813-01-0922-001; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula número 125783, derecho 000, la cual
es terreno para construir, lote C-12 situada en el distrito: 01-Puerto Cortés
cantón 05-Osa de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, lote C-13; sur,
lote C-11; este, calle pública con 8 metros de frente; oeste, lote C-5. Mide:
ciento noventa y cuatro metros con dieciséis decímetros cuadrados plano:
P-0779353-2002. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del
veintisiete de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del cinco de
diciembre de dos mil diecinueve, con la base de catorce millones setecientos
cincuenta y dos mil quinientos ochenta y dos colones con cuarenta y tres
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de diciembre de
dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones novecientos diecisiete mil
quinientos veintisiete colones con cuarenta y ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Yeimy Patricia Reyes Baltodano.
Expediente N° 19-001298-1201-CJ.—Juzgado de Cobro
de Golfito, 16 de agosto del año 2019.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga,
Juez.—( IN2019386297 ).
En este Despacho, con una base de dos
millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 313877
derecho 000, la cual es terreno lote quince, terreno para construir. Situada en
el distrito Orotina, cantón Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, Compañía Constructora Maracaibo Sociedad Anónima; al sur, calle pública
con frente a ella de ocho metros con un decímetro; al este, Compañía
Constructora Maracaibo Sociedad Anónima; y al oeste, Compañía Constructora
Maracaibo Sociedad Anónima. Mide: ciento sesenta metros con cincuenta y seis
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta y
cinco minutos del once de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
diecinueve de noviembre del dos mil diecinueve con la base de dos millones
veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del veintisiete de noviembre del dos mil diecinueve con la base de
seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de COOCIQUE R.L. contra Claudia Sidey Moreira
Chavarría. Expediente N° 19-008077-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 26 de agosto del 2019.—Tadeo Ignacio Solano Alfaro, Juez Tramitador.—(
IN2019386314 ).
En este Despacho, con una base de
veinte millones seiscientos setenta y cinco mil ciento cincuenta y cinco
colones con treinta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ochenta
mil ciento cincuenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno lote
36 con una casa. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Mutual Guanacaste Ahorro y
Préstamo; al sur, Mutual Guanacaste Ahorro y Préstamo; al este, calle pública
con 10,00 y al oeste, Mutual Guanacaste Ahorro y Préstamo. Mide: doscientos
cincuenta metros cuadrados. Plano: G-0749963-1988. Para tal efecto, se señalan
las nueve horas y cero minutos del veintidós de octubre del año dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas y cero minutos del treinta de octubre del año dos mil diecinueve con la
base de quince millones quinientos seis mil trescientos sesenta y seis colones
con cincuenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del
siete de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de cinco millones
ciento sesenta y ocho mil setecientos ochenta y ocho colones con ochenta y
cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada R. L. contra
Juan Carlos Cruz Loría. Expediente Nº 19-002675-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 20 de agosto del 2019.—Lic.
Jorge Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—( IN2019386315 ).
En este Despacho, con una base de seis
millones setecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Caminos Públicos, citas
041600005675-01-0147-00; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 313598-001, la cual es terreno naturaleza terreno para la
agricultura lote 27-22-1. Situada en el distrito: 11-Cutris, cantón: 10-San
Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Gerardo Arce; al sur,
calle pública; al este, Gerardo Fernández; y al oeste, Gerardo Morera y Norman
Esquivel. Mide: ciento noventa y tres mil quinientos diecisiete metros con
cincuenta y un decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de octubre del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y cero minutos del seis de noviembre del dos mil diecinueve, con la base
de cinco millones sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas y cero minutos del catorce de noviembre del dos mil diecinueve, con
la base de un millón seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Pablo Salazar
Ficklin contra Servicios en Seguridad Prosegura Limitada. Expediente N°
18-013121-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San
José, 30 de agosto del 2019.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez Decisor.—(
IN2019386322 ).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; para la finca número 1-382299-001 y 002, a
las nueve horas cero minutos del catorce de octubre del dos mil diecinueve, y
con la base de once millones doscientos treinta y cinco mil colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número 382299-001 y 002, la cual es terreno para construir una casa.
Situada en el distrito: 05-San Felipe, cantón: 10-Alajuelita, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Municipalidad de Alajuelita y otro; al sur, Roy
Muñoz Corrales; al este, Gilberto Quesada Chinchilla y al oeste, servid en
Municip de Alajuelita. Mide: ciento cuarenta y ocho metros con veinticuatro
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cero
minutos del veintidós de octubre del dos mil diecinueve, con la base de ocho
millones cuatrocientos veintiséis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas cero minutos del treinta de octubre del dos mil diecinueve, con la base
de dos millones ochocientos veintiocho mil setecientos cincuenta colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). “Previo a realizar la
publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al
despacho de inmediato para su corrección.” Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Caja de Ande contra Braulio Mauricio Guido
Barahona, Jacqueline Dinorah Campos Alban. Expediente Nº 16-009885-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del 2019.—Licda. Joyce
Magaly Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—( IN2019386323 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En
este Despacho, con una base de doce millones de colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y servidumbre
sirviente; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número
198012-000, la cual es terreno de repasto. Situada en el distrito 03
Capellades, cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
Lidiett Montoya y María Elena Montoya; al sur, Lidiett Montoya y María Elena
Montoya; al este, calle pública con 31.36 metros, Lidett Montoya, y María Elena
Montoya y al oeste, Lidiett Montoya y María Elena Montoya. Mide: nueve mil
cuatrocientos metros. Para tal efecto, se señalan las ocho horas del diecisiete
de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las ocho horas del veintisiete de enero de dos mil veinte con la
base de nueve millones colones de exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas del
cuatro de febrero de dos mil veinte con la base de tres millones de colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Bryan
Vinicio Quirós Redondo contra Carlos Alberto Ramírez Álvarez. Expediente Nº
18-013216-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 18 de setiembre del 2019.—Licda. Yendri Patricia Rojas Pérez,
Jueza Tramitadora.—( IN2019386469 ).
En este Despacho, con una base de
doscientos sesenta y ocho mil ciento setenta y cuatro dólares con ochenta y dos
centavos, soportando servidumbre trasladada bajo las citas
385-15200-01-0900-001, sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 603179, derecho 000, la cual es terreno lote 1, terreno para
construir. Situada en el distrito 3 Sánchez, cantón 18 Curridabat, de la
provincia de San José. Colinda: al noreste, resto reservado de La Hiena Destructora
S. A., destinado a servidumbre; al noroeste, calle pública con 20.53 metros; al
sureste, lote 3 de La Hiena Destructora S. A.; y al suroeste, Reparto
Granadilla S. A. Mide: quinientos noventa y tres metros con ochenta y seis
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos
del quince de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintitrés de octubre
de dos mil diecinueve con la base de doscientos uno mil ciento treinta y un
dólares con once centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del
treinta y uno de octubre de dos mil diecinueve con la base de sesenta y siete
mil cuarenta y tres dólares con setenta centavos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Scotia Bank de Costa Rica Sociedad Anónima contra
Estelle Laba El Zaghloul, Teddy El Zaghloul Laba, Altos de Guayabos Lote Uno S.
A. Expediente 19-007746-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de
setiembre del año 2019.—Licda. Jacqueline María Peraza Fallas, Jueza Decisora.—(
IN2019386476 ).
En este Despacho, con una base de
ciento ochenta y tres mil seiscientos dólares con cuarenta y cinco centavos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San
José, matrícula número seiscientos sesenta y un mil quinientos ochenta y
cuatro, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada:
en el distrito 6-San Francisco de Dos Ríos, cantón 1-San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Sistemas de Potencia Centroamericana Sociedad
Anónima; al sur, Roberto Vargas Pérez; al este, Linnette Mora Gutiérrez y María
Isabel Salazar Bonilla, y al oeste, calle pública. Mide: cuatrocientos veinte
metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y
quince minutos del catorce de octubre del dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y quince minutos del
veintidós de octubre del dos mil diecinueve, con la base de ciento treinta y
siete mil setecientos dólares con treinta y cuatro centavos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
diez horas y quince minutos del treinta de octubre del dos mil diecinueve, con
la base de cuarenta y cinco mil novecientos dólares con once centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S. A.
contra Iris Xiomara Quirós Mejía. Expediente Nº 19-004651-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 09 de mayo del 2019.—Yesenia Solano Molina,
Jueza Decisora.—( IN2019386477 ).
En este Despacho, con una base de trece
mil seiscientos setenta y tres dólares con treinta y siete centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BMZ403, marca
Jac, estilo S2, chasís LJ12EKR28H4006820, capacidad 5 personas, color negro,
año 2017, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas y
cero minutos del catorce de octubre de dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del
veintidós de octubre de dos mil diecinueve con la base de diez mil doscientos
cincuenta y cinco dólares con dos centavos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero
minutos del treinta de octubre de dos mil diecinueve con la base de tres mil
cuatrocientos dieciocho dólares con treinta y cuatro centavos (25% de la base
original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Bac San José S. A. contra Carlos Nikelsson Mora Cerdas, expediente N°
19-000979-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San
José, 09 de mayo del 2019.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza
Tramitadora.—( IN2019386478 ).
En este Despacho, con una base de
ciento ochenta y siete mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 320-00272-01-0922-001;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 00095572-F,
derecho 000, la cual es terreno finca filial número cuarenta y tres de dos
plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el
distrito Brasil, cantón Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, finca filial número cuarenta y cuatro; al sur, finca filial número
cuarenta y dos; al este, Mejoma S. A., y al oeste, área común libre de acceso
vehicular. Mide: doscientos dieciocho metros con cero decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas y quince minutos del dieciséis de
octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se
efectuará a las diez horas y quince minutos del veinticuatro de octubre de dos
mil diecinueve con la base de ciento cuarenta mil doscientos cincuenta dólares
exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las diez horas y quince minutos del cuatro de noviembre del
dos mil diecinueve, con la base de cuarenta y seis mil setecientos cincuenta
dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S. A.
contra 3-101-652982 Sociedad Anónima y Sergio José Urbina Araya. Expediente Nº
19-004654-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de mayo del 2019.—Lic. Henry
Steven Sanarrusia Gómez, Juez Decisor.—( IN2019386480 ).
En este Despacho, con una base de nueve
millones ciento veinticuatro mil ochenta colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando limitaciones de leyes 7052, 7208 citas:
386-06241-01-0101-001, practicado citas: 2012- 60249-01-0001-001; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos sesenta
y tres mil seiscientos noventa, derecho 001y 002, la cual es terreno sector uno
terreno para construir con una casa número 179. Situada en el distrito San
Miguel, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
INVU; al sur INVU; al este, INVU y al oeste, calle pública. Mide: ciento
treinta y un metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Plano
SJ-0910451-1990. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cuarenta y
cinco minutos del veinte de enero de año dos mil veinte. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las quince horas y cuarenta y cinco minutos
del veintiocho de enero de año dos mil veinte con la base de seis millones
ochocientos cuarenta y tres mil sesenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de febrero de año dos mil
veinte con la base de dos millones doscientos ochenta y un mil veinte colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de
Suministros Permanentes de Computadoras Super Comp contra Carlos Alberto Castro
Abarca, Miriam Elena Mora Sánchez. Exp. N° 11-000343-0307-CI.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de setiembre del
2019.—Tadeo Ignacio Solano Alfaro, Juez Tramitador.—( IN2019386492 ).
En este Despacho, con una base de diez
millones setecientos cinco mil setenta y ocho colones con cuarenta céntimos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones
citas: 374-12958-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de
Guanacaste, matrícula número setenta y un mil cuatrocientos treinta y seis,
derecho cero cero cero, la cual es terreno de frutales parcela primera. Situada
en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Inés Morales; al sur, Joaquín Centeno; al este, Cyntia y
María Rebeca Morales y al oeste, camino público 16m 37cm. Mide: trescientos
sesenta y siete metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Plano:
G-0652415-1986. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos
del veintiuno de octubre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintinueve
de octubre del año dos mil diecinueve con la base de ocho millones veintiocho
mil ochocientos ocho colones con ochenta céntimos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y
treinta minutos del seis de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de
dos millones seiscientos setenta y seis mil doscientos sesenta y nueve colones
con sesenta céntimos (25% de la base original). Notas: se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Arturo Antonio Morales Chevez.
Expediente Nº 19-003971-1205-CJ.—Juzgado de Cobro
Primer Circuito Judicial Guanacaste, 19 de agosto del 2019.—Lic. Jorge
Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—( IN2019386511 ).
En este Despacho, con una base de
cuatrocientos veintiocho mil ochocientos ochenta y seis dólares con sesenta y
siete centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones citas 305-01542-01-0901-002, servidumbre de paso citas
469-17015-01-0001-001, servidumbre de paso citas 545-00009-01-0016-001,
servidumbre de paso citas 545-00009-01-0030-001, servidumbre de paso citas
545-00009-01-0033-001, servidumbre de paso citas 545-00009- 01-0036-001;
sáquese a remate la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
165908-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Tárcoles,
cantón Garabito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Mangotan S.
A.; al sur, Hotel Punta Leona S. A., destinada a calle pública e Inversiones la
Esperanza de Oliva S. A.; al este, Manuel Sánchez Zamora e Inversiones la
Esperanza de Oliva S. A.; y al oeste, calle pública. Mide: treinta y tres mil
novecientos veintitrés metros con quince decímetros cuadrados. Plano:
P-1207252-2007. Para tal efecto, se señalan las catorce horas del trece de
enero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará
a las catorce horas cero minutos del veintiuno de enero del dos mil veinte, con
la base de trescientos veintiún mil seiscientos sesenta y cinco dólares exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las catorce horas cero minutos del veintinueve de enero del dos mil
veinte, con la base de ciento siete mil doscientos veintiún dólares con sesenta
y seis centavos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Rapidescuentos Sociedad Anónima contra Real de Punta Leona S.A. Expediente:
17-015813-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de setiembre del
2019.—Nidia Estela Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2019386517 ).
En este Despacho, con una base de
sesenta y tres millones cien mil colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número
noventa y un mil ochocientos sesenta y dos, derecho 000, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 1 Tres Ríos, cantón 3 La Unión, de la
provincia de Cartago. Finca ubicada en zona catastrada. Colinda: al norte,
calle pública con 36 m de frente; al sur, margen chiquito con 36,10 cm; al
este, lote 28 de Urbanizaciones Especiales S. A.; y al oeste, lotes 24 y 25 de
Urbanizaciones Especiales S. A. Mide: dos mil ciento cincuenta y dos metros con
cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y
treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del doce de
marzo de dos mil veinte con la base de cuarenta y siete millones trescientos
veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del veinte de marzo de dos mil veinte con la base de quince millones
setecientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Eugenia Patricia
del Carmen Mora Lagos, Ricardo Mora Rodríguez. Expediente 18-010642-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 10 de
setiembre del año 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—(
IN2019386616 ).
En este Despacho, con una base de
quince mil doscientos treinta y ocho dólares con cincuenta centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: LMC042, marca: Suzuki,
estilo: Vitara GL Plus A, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año:
2016, color: arena, vin: TSMYD21S9GM154035, cilindrada: 1600 C.C, combustible:
gasolina, motor: M16A-1975284. Para tal efecto, se señalan las diez horas y
cero minutos del catorce de octubre del dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del
veintidós de octubre del dos mil diecinueve, con la base de once mil
cuatrocientos veintiocho dólares con ochenta y siete centavos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
diez horas y cero minutos del treinta de octubre del dos mil diecinueve, con la
base de tres mil ochocientos nueve dólares con sesenta y dos centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo
a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los
datos del mismo, en caso de existir algún error lo
comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra
Luis Gustavo Duarte González. Expediente Nº 19-001524-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13
de agosto del 2019.—Audrey Abarca Quirós, Juez Decisor.—( IN2019386627 ).
En este Despacho, con una base de once
millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento
veinticuatro mil novecientos nueve, derecho 000, la cual es terreno para
construir número 8 Situada en el distrito (02) San Juan, cantón (02) Esparza,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Agrícola Ganadera Juanilama
S. A.; al sur, calle pública con 10 metros 69 centímetros lineales; al este,
Agrícola Ganadera Juanilama S. A. y al oeste, Carmen Villalobos Ortiz. Mide:
doscientos diez metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre de dos mil diecinueve con
la base de ocho millones setecientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas y treinta minutos del ocho de noviembre de dos mil diecinueve con
la base de dos millones novecientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Juan Diego Fernández Gómez, expediente N° 18-004190-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 24 de julio del 2019.—Anny Hernández Monge, Jueza
Decisora.—( IN2019386631 ).
En este despacho, con una base de doce
mil seiscientos dieciocho dólares con noventa y dos centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT-459846, marca
Ducati, categoría motocicleta, estilo Monster, capacidad 2 personas, color
blanco, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y
veinte minutos del veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y veinte minutos del
veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve con la base de nueve mil
cuatrocientos sesenta y cuatro dólares con diecinueve centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas y veinte minutos del nueve de diciembre de dos mil diecinueve con la
base de tres mil ciento cincuenta y cuatro dólares con setenta y tres centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin
Sociedad Anónima contra Elías Francisco Vindas Muñoz. Expediente N°
19-004040-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia,
23 de setiembre del año 2019.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—(
IN2019386641 ).
En este Despacho, con una base de nueve
mil quinientos nueve dólares con diecisiete centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BCX337, Hyundai, estilo:
Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2013, color: café,
cilindrada: 1400 c.c, combustible: gasolina, VIN: KMHCT41CADU357185, número de
motor: G4FACU984943. Para tal efecto se señalan las nueve horas y quince
minutos del cinco de marzo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve horas y quince minutos del trece de marzo de
dos mil veinte con la base de siete mil ciento treinta y un dólares con ochenta
y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintitrés de
marzo de dos mil veinte con la base de dos mil trescientos setenta y siete
dólares con veintinueve centavos (25% de la base original). Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.-
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera
Desyfin S. A. contra Raymond Eduardo Guevara Juárez. Expediente Nº
19-010909-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 03 de setiembre del 2019.—Lic.
Verny Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2019386645 ).
En este Despacho, con una base de
treinta y dos millones cincuenta y nueve mil ciento cuarenta y seis colones
exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
sirviente citas: 302-06940-01-0972-001, finca referencia 00303393-000, servidumbre
dominante citas: 332-06940-01-0020-001, finca referencia 00303393-000,
servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0021-001, finca referencia
00303393-000, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0022-001, finca
referencia 00303393-000, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0023-001,
finca referencia 00303393-000, servidumbre dominante citas:
332-06940-01-0024-001, finca referencia 00303393-000, servidumbre dominante
citas: 332-06940-01-0025-001, finca referencia 00303393-000, servidumbre dominante
citas: 332-06940-01-0026-001, finca referencia 00303393-000, servidumbre
dominante citas: 332-06940-01-0027-001, finca referencia 00303393-000,
servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0029-001, finca referencia
00303393-000, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0033-001, finca
referencia 00303401-000, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0034-001,
finca referencia 00303403-000, servidumbre sirviente citas:
332-06940-01-0035-001finca referencia 00303405-000, servidumbre sirviente
citas: 332-06940-01-0036-001, finca referencia 00303407-000, servidumbre
sirviente citas: 332-06940-01-0037-001, finca referencia 00303409-000,
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00303411-000, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0039-001finca
referencia 00303413-000, servidumbre sirviente citas:
332-06940-01-0040-001finca referencia 00303415-000, servidumbre trasladada
citas: 332-06940-01-0903-001, finca referencia 1303399 000, servidumbre
trasladada citas: 332-06940-01-0904-001, finca referencia 1303401 000,
servidumbre trasladada citas: 332-06940-01-0905-001, finca referencia 1303403
000, servidumbre trasladada citas: 332-06940-01-0906-001, finca referencia
1303405 000, servidumbre trasladada citas: 332-06940-01-0907-001, finca referencia
1303407 000, servidumbre trasladada citas: 332-06940-01-0908-001, finca
referencia 1303409 000, servidumbre trasladada citas: 332-06940-01-0909-001,
finca referencia 1303411 000, servidumbre trasladada citas:
332-06940-01-0910-001, finca referencia 1303413 000, servidumbre trasladada
citas: 332-06940-01-0911-001, finca referencia 1303415 000, servidumbre
trasladada citas: 332-06940-01-0912-001, finca referencia 1303417 000,
servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0928-001, finca referencia 00303393-000,
servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0941-001, finca referencia
00303393-000, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0947-001, finca
referencia 00303401-000, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0948-001,
finca referencia 00303419-000, servidumbre dominante citas:
332-06940-01-0949-001, finca referencia 00303403-000, servidumbre dominante
citas: 332-06940-01-0950-001, finca referencia 00303419-000, servidumbre
dominante citas: 332-06940-01-0951-001, finca referencia 00303405-000, servidumbre
dominante citas: 332-06940-01-0952-001, finca referencia 00303419-000,
servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0953-001, finca referencia
00303407-000, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0954-001, finca
referencia 00303419-000, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0955-001,
finca referencia 00303409-000, servidumbre dominante citas:
332-06940-01-0956-001, finca referencia 00303419-000, servidumbre dominante
citas: 332-06940-01-0957-001, finca referencia 00303411-000, servidumbre dominante
citas: 332-06940-01-0958-001 finca referencia 00303419-000,servidumbre
dominante citas: 332-06940-01-0959-001, finca referencia
00303413-000,servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0960-001, finca
referencia 00303419-000, servidumbre dominante citas: 332-06940-01-0961-001,
finca referencia 00303415-000, servidumbre dominante citas:
332-06940-01-0962-001, finca referencia 00303419-000, servidumbre sirviente
citas: 332-06940-01-0965-001, finca referencia 00303393-000, servidumbre
sirviente citas: 332-06940-01-0966-001, finca referencia 00303393-000,
servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0967-001, finca referencia
00303393-000, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0968-001, finca
referencia 00303393-000, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0969-001,
finca referencia 00303393-000, servidumbre sirviente citas:
332-06940-01-0970-001 y servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0971-001;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos
once mil sesenta y tres, derecho 001 y 002, la cual es terreno con resto de la
casa y cochera. Situada en el distrito 5-San Felipe, cantón 10-Alajuelita, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con seis metros de
frente; sur, casa número siete M de Urbanización Las Bellotas; este, casa
número veintinueve M de Urbanización Las Bellotas y al oeste, casa número
treinta M de Urbanización Las Bellotas. Mide: noventa y cuatro metros con
cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y
treinta minutos del treinta y uno de octubre del año dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta
minutos del ocho de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de
veinticuatro millones cuarenta y cuatro mil trescientos cincuenta y nueve
colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos
del dieciocho de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de ocho
millones catorce mil setecientos ochenta y seis colones con cincuenta céntimos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional
de Vivienda y Urbanismo contra Inés Johana Jiménez Rojas, José Francisco Soto
Mejías. Expediente N° 18-011982-1204-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda,
26 de agosto del año 2019.—Licda. Elia Corina Marchena Fennell, Jueza.—(
IN2019386650 ).
En este Despacho, con una base de once
millones trescientos ochenta y dos mil seiscientos cincuenta y cuatro colones
con doce céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo placa: BKT774, marca: Hyundai estilo: Tucson GL categoría automóvil
capacidad: 5 personas, año fabricación: 2016, VIN: KMHJ2813AGU096790. Para tal
efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de noviembre del
año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre del año dos mil
diecinueve con la base de ocho millones quinientos treinta y seis mil
novecientos noventa colones con cincuenta y nueve céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas y treinta minutos del veintisiete de noviembre del año dos mil
diecinueve con la base de dos millones ochocientos cuarenta y cinco mil
seiscientos sesenta y tres colones con cincuenta y tres céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Erick Montero Loaiciga. Expediente Nº 18-000181-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 23 de agosto del año 2019.—Patricia Eugenia Cedeño
Leitón, Jueza Desisora.—( IN2019386662 ).
En este Despacho, con una base de seis
millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula N° 60.739-000, la cual es
naturaleza: terreno apto para construir, situada en el distrito: 03-Veintisiete
de Abril, cantón: 03-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte,
Antonio Rosales Obando; sur, Antonio Rosales Obando; este, calle pública con
15,96 mts.; oeste, Antonio Rosales Obando. Mide: trescientos treinta y un
metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Plano: G-0725101-1988. Para
tal efecto, se señalan las catorce horas y quince minutos del once de octubre
de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las catorce horas y quince minutos del veintiuno de octubre de dos mil
diecinueve, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las catorce horas y quince minutos del veintinueve de octubre de dos
mil diecinueve, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mario Alberto Valverde Porras
contra Carmen Paula Rosales Coronado, Luis Alejandro Arley Navarro, Octavio
Rafael Gutiérrez Rosales. Expediente: 18-004391-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz), 20 de
setiembre del 2019.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—(
IN2019386714 ).
En este despacho, con una base de cinco
millones doscientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula
número seiscientos ochenta y ocho mil novecientos cuarenta y siete, derecho
000, la cual es terreno lote 2- terreno para construir. Situada en el distrito
1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, José Ángel Zúñiga Valverde; al
este, Carlos Luis Zúñiga Valverde y al oeste, Carlos Luis Zúñiga Valverde.
Mide: doscientos diecinueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
catorce horas y cero minutos del diecinueve de noviembre del año dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas y cero minutos del veintisiete de noviembre del año dos mil diecinueve
con la base de tres millones novecientos treinta y siete mil quinientos colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de diciembre del
año dos mil diecinueve con la base de un millón trescientos doce mil quinientos
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Isaías
Guillermo Barrantes Morales contra Carlos Luis Zúñiga Valverde. Expediente N°
18-006840-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 23 de agosto del año 2019.—Carlos
Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2019386797 ).
En este Despacho, con una base de
ochenta y siete mil doscientos dólares exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 342-10826-01-0900-001;
sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula N° 175079, derechos
001 y 002, la cual es terreno bloque C, terreno para construir, lote doce.
Situada en el distrito Mercedes, cantón Heredia de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, lote catorce; al sur, calle uno; al este, lote once; y al
oeste, lote trece. Mide: ciento cincuenta y seis metros con cuarenta y seis
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y quince
minutos del catorce de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las trece horas y quince minutos del veintidós de
octubre de dos mil diecinueve, con la base de sesenta y cinco mil cuatrocientos
dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las trece horas y quince minutos del treinta de
octubre de dos mil diecinueve, con la base de veintiún mil ochocientos dólares
exactos (25% de la base original). Notas: se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Alexia De Los Ángeles
Romero Téllez y Mario Fabricio López Roldán. Expediente: 19-006307-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 12 de setiembre del
2019.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2019386799 ).
En este Despacho, con una base de once
millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 20662-F-001
y 002, la cual es terreno filial 1. Terreno con un apartamento en condominio,
en proceso de construcción, destinado al uso habitacional. Situada en el
distrito Gravilias, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, estacionamiento 1; al sur, filial 2; al este, Roberto Quesada Solano;
y al oeste calle del condominio. Mide: sesenta y cuatro metros con treinta y
nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y
cero minutos del quince de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del
veintitrés de octubre de dos mil diecinueve con la base de ocho millones
ochocientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del treinta y uno de octubre de dos mil diecinueve con la base de
dos millones novecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Condominio Manfred Castro Cero Uno S. A.,
María del Socorro Alvarado Jiménez. Expediente 19-009057-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 22 de agosto del año 2019.—Lic. Wendy Pagani
Rojas, Jueza Decisora.—( IN2019386801 ).
En este Despacho, con una base de nueve
millones doscientos diez mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios,
sáquese a remate el vehículo placas: BKW565, marca: Suzuki, estilo: Ciaz GL,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MA3VC41S7GA141668,
carrocería: sedán 4 puertas, tracción: 4x2, peso bruto: 1490 kgrms., número
chasis: MA3VC41S7GA141668, año fabricación: 2016, cabina: sencilla, techo:
techo duro, uso: pasajeros, color: negro, vin: MA3VC41S7GA141668, N. motor:
K14BN7084251, modelo: VBBW2GLMT, cilindrada: 1400 c.c, cilindros: 4, potencia:
70 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y
treinta minutos del doce de febrero del año dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos
del veinte de febrero del año dos mil veinte con la base de seis millones
novecientos siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y
treinta minutos del veintiocho de febrero del año dos mil veinte con la base de
dos millones trescientos dos mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Stephanie Arias
Ramírez, expediente N° 18-008826-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera,
20 de setiembre del 2019.—Roberto Carlos Hurtado Villalobos, Juez Tramitador.—(
IN2019386802 ).
En este Despacho, con una base de
ciento setenta mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada citas: 364-05620-01-0900-001; servidumbre
trasladada citas: 367-14306-01-0902-001; servidumbre trasladada citas: 367-
14306-01-0903-001; servidumbre trasladada citas: 367-14306-01-0905- 001;
servidumbre de paso citas: 443-11349-01-0029-001; plazo de convalidación
(rectificación de medida) citas: 2016-330280-01- 0003-001; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula número 461475-000, la cual es terreno
parcela agrícola lote 4. Situada en el distrito 2-Salitral, cantón 9-Santa Ana,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, Compañía Inversiones Leda María
S. A. y lote 5; al sur, lote 3 y servidumbre agrícola en medio de lote 12; al
este, lote 5 y servidumbre agrícola en medio de lote 12 y al oeste, Compañía
Inversiones Leda María S. A. y lote 3. Mide: nueve mil cuatrocientos treinta y
cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y veinte
minutos del trece de diciembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las trece horas y veinte minutos del seis de
enero de dos mil veinte con la base de ciento veintisiete mil quinientos
dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las trece horas y veinte minutos del veinte de enero
de dos mil veinte con la base de cuarenta y dos mil quinientos dólares exactos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sol del Aire S. A.
contra CS Consultorías IT CR S. A., Frank Carlos Sánchez Starke, expediente N°
19-010643-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de agosto del 2019.—Hellen
María Gutiérrez Desanti, Jueza Decisora.—( IN2019386803 ).
En este Despacho, con una base de
treinta y ocho millones de colones exactos, soportando reservas y restricciones
citas: 336-19429-01- 0900-001, sáquese a remate la finca del partido de San
José, matrícula número 509968, derecho 000, la cual es terreno naturaleza:
terreno para construir con una casa situada en el distrito 2-Mercedes Sur
cantón 4-Puriscal de la provincia de San José-.Colinda: al norte calle publica;
al sur Víctor Manuel Guzmán León; al este Víctor Manuel Guzmán León y al oeste
Ademar Solano Delgado. Mide: ciento cincuenta y tres metros con noventa y seis
decímetros cuadrados, plano:SJ-0658037-2000 metros cuadrados. Para tal efecto,
se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de octubre de dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas y cero minutos del veintitrés de octubre de dos mil diecinueve con la
base de veintiocho millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del treinta y uno de octubre de dos mil diecinueve
con la base de nueve millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Previo a
realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los
datos del mismo, en caso de existir algún error lo
comunicará al despacho dentro del tercer día, para su inmediata corrección.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual
Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Elidieth Delgado Retana.
Expediente Nº:19-007891-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de agosto
del año 2019.—Adriana Soto González, Jueza Decisora.—( IN2019386805 ).
En este Despacho, con una base de diez
millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento cinco mil
ciento setenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno para construir con una
casa numerada 86. Situada en el distrito 12 Chacarita, cantón 1-Puntarenas de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, alameda yigüirro con ocho metros
de frente; al sur, resto de Costa Vera S. A.; al este, lote dieciocho; y al
oeste, resto de Costa Vera S. A. Mide: ciento cuarenta y ocho metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las trece horas y quince minutos del dieciséis de
octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las trece horas y quince minutos del veinticuatro de octubre de dos
mil diecinueve, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las trece horas y quince minutos del uno de noviembre de dos mil
diecinueve, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual
Alajuela-La Vivienda Ahorro y Préstamo contra Eliecer López Cordero.
Expediente: 18-003268-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 3 de julio del 2019.—Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—(
IN2019386807 ).
En este Despacho, con una base de veintinueve
millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando
servidumbre de paso citas: 2015-123989-01-0003-001 y servidumbre trasladada
citas: 373-18400-01-0944-001; sáquese a remate la finca del partido de
Alajuela, matrícula número 423071 derechos 001, 002, la cual es terreno con una
casa. Situada en el distrito 1- Grecia, cantón 3-Grecia, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Marvin Castro Conejo; al sur, servidumbre de paso
con 3 metros lineales y Guido Jiménez Arrieta; al este, servidumbre de paso con
3 metros lineales de frente y Luis Villalobos Ramírez y al oeste, calle pública
con 10 metros 29 centímetros lineales de frente. Mide: doscientos cuarenta y
dos metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las ocho horas y cero minutos del diecisiete de octubre del año dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas y cero minutos del treinta y uno de octubre del año dos mil diecinueve
con la base de veintidós millones doscientos mil colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las ocho horas y cero minutos del catorce de noviembre del año dos mil
diecinueve con la base de siete millones cuatrocientos mil colones exactos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. - Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda contra
Dagoberto Villalobos Ramírez, Johanna Patricia Ramírez Álvarez, Karla Alejandra
Ramírez Álvarez. Expediente Nº 19-000169-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 27 de agosto del 2019.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño
Leitón, Jueza Decisora.—( IN2019386808 ).
En este Despacho, con una base de doce
millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios y
anotaciones, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula
número 504205-000, la cual es terreno para construir bloque A lote 11 con una casa.
Situada en el distrito 1 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, Carlos Castillo Ruiz; al sur,
calle pública con 9,00 metros de frente; al este, Grupo Sibaja Inc Sociedad
Anónima; y al oeste, Grupo Sibaja Inc Sociedad Anónima. Mide: ciento cincuenta
y siete metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las nueve horas y cero minutos del diecisiete de octubre del año dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas y cero minutos del veinticinco de octubre del año dos mil diecinueve con
la base de nueve millones quinientos veinticinco mil colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las nueve horas y cero minutos del cuatro de noviembre del año dos mil
diecinueve con la base de tres millones ciento setenta y cinco mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Eduardo Quirós
Aguilar. Expediente 19-003416-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 24 de julio del
año 2019.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2019386809 ).
En este Despacho, con una base de nueve
millones novecientos noventa mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula
número 303707-000, derecho, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 1-Naranjo, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, calle pública; al sur, Edwin Vargas González; al este, Rafael Antonio Fonseca
Murillo y al oeste, Rafael Gerardo Vargas Herrera. Mide: doscientos ochenta y
cinco metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Plano: A-0857461-2003.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete
de octubre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre
del año dos mil diecinueve con la base de siete millones cuatrocientos noventa
y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta
minutos del catorce de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de dos
millones cuatrocientos noventa y siete mil quinientos colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual
Alajuela-La Vivienda contra Esteysi Karina Hernández Garro. Expediente Nº
19-000755-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia,
30 de julio del 2019.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—(
IN2019386810 ).
En este Despacho, con una base de
veintisiete millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre de paja de agua citas:
387-17938-01-0953-001; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela,
matrícula N° 255003-006 y 007, la cual es terreno para construir N° 749, con
una casa. Situada en el distrito 1-Alajuela, cantón 1-Alajuela de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Antonio Pool; al este,
INVU; y al oeste, INVU. Mide: ciento setenta y nueve metros con setenta
decímetros cuadrados. Plano: A-0859263-1989. Para tal efecto, se señalan las
siete horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de octubre de dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete
horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de octubre de dos mil
diecinueve, con la base de veinte millones seiscientos veinticinco mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del seis de
noviembre de dos mil diecinueve con la base de seis millones ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda contra Milton Chaves Hernández. Expediente:
19-005332-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 12 de agosto del 2019.—Licda. Zary Navarro
Zamora, Jueza Tramitadora.—( IN2019386812 ).
En este Despacho, con una base de
veinte millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando 2 servidumbres trasladadas; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula número 559043, derecho 000, la cual es
terreno de árboles frutales con una casa y zona verde. Situada en el distrito
11 Concepción, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte Felicia Burr Ogilvie; al sur Ma Isabel Calvo Benavides; al este, calle
pública 15.68 mts y al oeste Noili Alice OralndO Geovanny Ronald Marley Tacxire
Marcial Quesada Campos. Mide: ochocientos setenta y dos metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de octubre
del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintinueve de octubre del año
dos mil diecinueve con la base de quince millones trescientos setenta y cinco
mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de
noviembre del año dos mil diecinueve con la base de cinco millones ciento
veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra María Isabel Calvo Benavides, Marisol Jarquín Luna, Víctor Hugo Molina
Valerio. Expediente Nº 19-000735-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon), 20 de
agosto del año 2019.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2019386819 ).
En este Despacho, con una base de
treinta millones novecientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y un
colones con treinta céntimos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre
trasladada citas: 349-18040-01-0910-001, servidumbres de pasos citas:
554-10275-01-0002-001, 576-42790-01-0004-001; sáquese a remate la finca del
Partido de Alajuela, matrícula N° 442766-000, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 5-Tacares, cantón 3-Grecia de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Nuria Rojas Jiménez; al sur, servidumbre de paso;
al este, Nuria Rojas Jiménez; y al oeste, Nuria Rojas Jiménez. Mide:
setecientos metros cuadrados. Plano: A-1176903-2007 metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veinticuatro de
octubre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las dieciséis horas y cero minutos del siete de noviembre del dos
mil diecinueve, con la base de veintitrés millones doscientos treinta y ocho
mil trescientos treinta y ocho colones con cuarenta y ocho céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las dieciséis horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del dos mil
diecinueve, con la base de siete millones setecientos cuarenta y seis mil
ciento doce colones con ochenta y tres céntimos (25% de la base original).
Notas: se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jimmy
Alexander Castro Alvarado. Expediente: 19-001467-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 14 de agosto del 2019.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón,
Jueza Decisora.—( IN2019386831 ).
En este Despacho, con una base de cinco
millones novecientos sesenta y nueve mil ciento seis colones con cincuenta y
dos céntimos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada
citas: 352-07652-01-0906-001, servidumbre trasladada citas:
352-07652-01-0908-001, servidumbre trasladada citas: 352-07652-01-0909-001,
servidumbre trasladada citas: 352-07652-01-0910-001, servidumbre trasladada
citas: 352-07652-01-0911-001, servidumbre trasladada citas:
352-07652-01-0923-001, servidumbre sirviente citas: 352-07652-01-0990-001,
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 439470-002,
003, 004, 005 y 006 la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 3 San
José, cantón 3 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Eliécer
Alfaro Rojas; al sur, Ilse Alfaro Rojas; al este, Daisy Alfaro Rojas y José
Rojas Zamora; y al oeste, servidumbre en medio con Geiner y Rolando Alfaro
Corella con un frente de 65,91 metros. Mide: mil cuatrocientos noventa y cinco
metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las catorce horas y cero minutos del diecisiete de octubre del año dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas y cero minutos del treinta y uno de octubre del año dos mil diecinueve
con la base de cuatro millones cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos
veintinueve colones con ochenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del catorce de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de
un millón cuatrocientos noventa y dos mil doscientos setenta y seis colones con
sesenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Roy Eliécer Gerardo Alfaro Rojas. Expediente
19-001094-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 30
de julio del año 2019.—Lic. Edwin Eduardo Mata Elizondo, Juez Decisor.—(
IN2019386833 ).
En este Despacho, con una base de once
millones doscientos quince mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada, citas: 401-01578-01-0800-001;
condiciones, citas: 401-01578-01-0801-001; condiciones ref. : 00271529 000,
citas: 401-01578-01-0804-001; condiciones ref.: 00271529 000, citas:
401-01578-01-0805-001; servidumbre trasladada, citas: 401-01578-01-0850-001;
servidumbre trasladada, citas: 401-01578-01-0851-001; sáquese a remate la finca
del Partido de Alajuela, matrícula N° cuatrocientos sesenta y nueve mil
setecientos veintisiete, derecho cero cero cero, la cual es terreno lote para
construcción de vivienda de interés social. Situada en el distrito 1-Zarcero,
cantón 11-Zarcero de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Álvaro Solera
Rodríguez y María Rojas Zúñiga; al sur, calle pública es de 15.79 m.; al este,
Álvaro Solera Rodríguez y María Rojas Zúñiga; y al oeste, Álvaro Solera
Rodríguez y María Rojas Zúñiga. Mide: trescientos metros cuadrados. Plano:
A-1442257-2010. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del
veinticuatro de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del siete de
noviembre del dos mil diecinueve, con la base de ocho millones cuatrocientos
once mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero
minutos del veintiuno de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de dos
millones ochocientos tres mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la
base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Giselle María Arias Barrantes. Expediente:
19-001538-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia,
12 de agosto del 2019.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2019386863
).
En este Despacho, con una base de nueve
millones setecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas
295-20973-01-0903-001, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas
575-63156-01-0004-001, servidumbre de paso citas 2010-124002-01-0001-001;
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula 496453, derecho
000, la cual es terreno para construir una vivienda de interés social. Situada
en distrito San Isidro, cantón Atenas, provincia Alajuela. Colinda: norte,
calle pública con 3.03 metros y Omar Edwin Garita Vargas; sur, Omar Edwin
Garita Vargas; este, Omar Edwin Garita Vargas y oeste, Omar Edwin Garita
Vargas. Mide: doscientos sesenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de octubre de dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas y cero minutos del veintidós de octubre de dos mil diecinueve con la base
de siete millones trescientos doce mil quinientos colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las nueve horas y cero minutos del treinta de octubre de dos mil diecinueve con
la base de dos millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Laura Patricia Garita Arce. Expediente Nº
19-002505-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 20 de setiembre del 2019.—Licda. Angie
Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2019386865 ).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
11-000236-0390-CI donde se promueve Información Posesoria por parte de Biscochos
AME Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-196659, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de patio y
jardín con una casa. Situada: en el distrito seis Bejuco, cantón noveno
Nandayure. Colinda: al norte, con Carmen María Quirós Arias; al sur, con Jose
Ángel Ramírez Araya, Carmen María Quirós Arias; al este, con calle pública con
un frente de veintiocho metros con treinta y cinco centímetros, y al oeste, con
Carlos Alberto Alfaro Vargas. Mide: mil doscientos once metros con treinta y
cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones exactos
colones. Que adquirió dicho inmueble de la señora Carmen María Quirós Arias, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en construcción de una casa de habitación que
cuenta con todos los servicios públicos, gasto de mantenimiento de zonas verdes
y cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Biscochos AME
Sociedad Anónima. Expediente Nº 11-000236-0390-CI-6.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), 10 de
setiembre del 2019.—Licda. Laura del Carmen Rodríguez Chavarría, Jueza.—1 vez.—( IN2019385286 ).
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita el expediente Nº 18-000038-1587-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Dagoberto Ledezma Rojas, quien es mayor,
estado civil casado una vez, vecino de Costa de Pájaros de Puntarenas, portador
de la cédula de identidad vigente que exhibe número 6-188-999, profesión técnico
en artes gráficas, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de
la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno
de repastos. Situada en el distrito Manzanillo, cantón Puntarenas, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Marcos Ledezma Novoa; al sur,
Carlos Luis Ledezma Velásquez y Dagoberto Ledezma Rojas; al este, Domingo
Álvarez Morales, Olman Ledezma y Édgar Ledezma Velásquez; y al oeste, Marlene
Ledezma Pérez y Éver Ledezma Pérez. Mide: cuatro mil cuatrocientos diecisiete
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1920373-2016.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que
adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de
dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión
han consistido en limpieza de terreno y conservación de linderos. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Dagoberto Ledezma Rojas. Expediente
18-000038-1587-AG.—Juzgado Agrario Puntarenas, Puntarenas, 17 de
diciembre del año 2018.—Licda. Rosaura Segnini Vargas, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019385287 ).
Se hace saber: que ante este Despacho
se tramita el expediente N° 19-000176-0388-CI donde se promueve información
posesoria por parte de Ligia del Socorro Gómez Gómez, quien es mayor, estado
civil soltera unión libre, vecina de Guayabal de Santa Cruz, Guanacaste,
portadora de la cédula número 0501970998, profesión oficios del hogar, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca bajo plano G-20744926-2018 ubicada en la provincia
de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Santa
Cruz, cantón Santa Cruz. Colinda: al norte, con Concepción Díaz Briceño; al
sur, con Elvira Villalta Guadamuz; al este, con Antonio Díaz Álvarez y al
oeste, con calle pública con veintisiete metro con
cincuenta y siete centímetros. Mide: doscientos siete metros cuadrados. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de dos millones colones. Que adquirió dicho inmueble Compra-venta,
y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en mantenimiento general, construcción de una
casa mixta (madera y cemento) limpieza del lote, cercado y siembra de frutales
y ornamentales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Ligia del Socorro Gómez Gómez, expediente N° 19-000176-0388-CI-9.—Juzgado
Civil de Santa Cruz, 24 de junio del 2019.—Licda. Ivannia Medina Ramírez,
Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019385325 ).
Se hace saber: que ante este Despacho
se tramita el expediente N° 19-000224-0388-CI donde se promueve información
posesoria por parte de Jose Luis Rosales Peña quien es mayor, casado una vez,
vecino de, portador de la cédula número 0501401168, agricultor, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es
terreno para construir, con apartamentos ya construidos. Situada en el distrito
noveno, cantón tercero. Colinda: al norte, con Albin Acosta Rosales; al sur,
con Yanine Rodríguez Hidalgo; al este, con Francisco Rodríguez Santana; y al
oeste, con calle pública al centro de Tamarindo con frente a la misma de 28.
Mide: seiscientos cinco metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados metros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
G-1019899-2005, no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que
adquirió dicho inmueble por medio de compra venta que me hiciera el señor
Paulino Rodríguez Santana, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento en
general, siembra de árboles frutales, plantas ornamentales, limpieza del lote,
cercado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por José Luis Rosales Peña. Expediente N° 19-000224-0388-CI-4.—Juzgado
Civil de Santa Cruz, 01 de agosto del 2019.—Floribeth
Palacios Alvarado, Jueza Decisora.—1 vez.—(
IN2019385326 ).
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita el expediente Nº 19-000046-0388-CI donde se promueve información
posesoria por parte de Santos Evelina Obando Zúñiga, quien es mayor, estado
civil soltera, vecina de Santa Rosa de Tamarindo de Santa Cruz, Guanacaste, del
cruce de Santa Rosa, 300 metros al sur, portadora de la cédula número
5-0569-0503, camarera, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la
provincia de Guanacaste, la cual es terreno de jardín. Situada en el distrito
noveno Tamarindo, cantón tercero Santa Cruz. Colinda: al norte, con Santos Luis
Obando Zúñiga; al sur, con Esteban Obando Zúñiga; al este, con María Agustina
Obando Zúñiga; y al oeste, con Esteban Obando Zúñiga. Mide: seiscientos noventa
metros cuadrados metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones exactos
colones. Que adquirió dicho inmueble donación, y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en limpieza de monte o chapeas, arreglos, mantenimientos de cercas. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Santos Evelina Obando
Zúñiga. Expediente 19-000046-0388-CI-5.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 15
de mayo del año 2019.—M.Sc. Floribeth Palacios
Alvarado, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019385419 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho
se tramita el expediente N° 17- 000082-0678-CI donde se promueve información
posesoria por parte de Tres Uno- Cero Dos-Siete Uno Cinco Ocho Dos Uno Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-uno-cero dos-siete uno cinco
ocho dos uno, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de
Limón, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Cahuita,
cantón Talamanca. Colinda: al norte, con Benjamín Alan Sadavoy; al sur, con
Benjamín Alan Sadavoy; al oeste Benjamín Alan Sadavoy y al este, con Ray
Anthony Steel Barns y Gabriela Bottari. Mide: un mil dos
metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
L-1922743-2016 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de 35.000 dólares. Que adquirió
dicho inmueble L-1922743-2016, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta.- Que los actos de posesión han consistido en
mantener el terreno deslindado de los demás terrenos colindantes.- Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza
a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por tres-uno-cero dos-siete uno cinco ocho dos uno
sociedad de responsabilidad limitada. Expediente Nº 17-000082-0678-CI-5.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 02 de setiembre
del 2019.—Licda. Denisse Melania Carpio Aguilar, Jueza.—1
vez.—( IN2019385420 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho
se tramita el expediente N° 14-000162-0388-CI donde se promueve información
posesoria por parte de Juan José Ramón Matarrita Angulo, mayor, viudo,
pensionado, vecino de Santa Cruz, Guanacaste, portador de la cédula número
05-0057-0256, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno con una casa y patio, según consta en el plano
catastrado G-1692080-2013, situada en el distrito primero, cantón tercero,
Santa Cruz. Colinda: al norte, con Saúl Briceño Cabalceta, al sur, con Julia
Pizarro Gutiérrez, al este, con calle pública con un frente de nueve metros con
cincuenta y dos decímetros y al oeste, con Fabiola y Solange, ambas de
apellidos Gutiérrez Barrantes y Edgar Sánchez Matarrita. Mide: doscientos
ochenta y cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones Que ha
sido la única persona que ha poseído el inmueble, que no es derivado de ningún
otro acto de posesión ejercida por terceros y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma quieta, pública, pacífica e ininterrumpida y a título de dueño Que los
actos de posesión han consistido en mejoras desde la limpieza completa del
lote, demarcación con las respectivas cercas, rellenos y posteriormente la
construcción en el terreno de su casa de habitación construida en el año 1960.
Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Juan José
Ramon Matarrita Angulo. Expediente 14-000162-0388-CI-1.—Juzgado Civil de
Santa Cruz, 29 de enero del 2019.—MSc. Floribeth
Palacios Alvarado, Jueza.—1 vez.—( IN2019385456 ).
Se hace saber: que ante este Despacho
se tramita el expediente N° 18-000157-0930-CI donde se promueve información
posesoria por parte de María Rosa Lanza Medina quien es mayor, cédula número
155817640711, nicaragüense, estado civil en unión de hecho, profesión, oficios
domésticos: a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón,
la cual es terreno solar con una casa de habitación. Situada en el distrito
cuarto Roxana, cantón Pococí. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con
Sonia Lidieth Cordero Mendoza; al este, con calle pública y al oeste, con
Minerva Fernández Marín. Mide: trescientos diecisiete metros cuadrados. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de siete millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble por
compra a Henry Moya, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento,
reparación de la casa, cercar, chapear, sembrado de matas de plátano. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por María Rosa Lanza Medina,
expediente N° 18-000157-0930-CI-3.—Juzgado Civil del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 13 de junio del 2019.—Licda. Valeria Lucía
Torres Morales, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019385715
).
Se hace saber: Que ante este Despacho
se tramita el expediente N° 07-000721-0388-CI donde se promueve información
posesoria por parte de Rose Mary Méndez González quien es mayor, viuda una vez,
ama de casa, vecina de San José, portadora de la cédula número 0103760572, a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el
terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la
cual es terreno de patio con casa. Situada en el distrito Veintisiete de Abril,
cantón Santa Cruz. Colinda: al norte con María Honoria Cir Zúñiga Zúñiga; al
sur con Celedonia Obando Rodríguez; al este con María Honoria Cira Zúñiga
Zúñiga y al oeste con calle pública. Mide: cuatrocientos ochenta y nueve metros
cuadrados con catorce decímetros. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir descrito bajo el plano G-206829-94 no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble de proceso sucesorio
de Juan Antonio Rivera Segura, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
cercamientos del lote, limpieza, reparación y construcción. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Rose Mary Méndez
González. Expediente Nº 07-000721-0388-CI-8.—Juzgado Civil de Santa Cruz,
30 de mayo del año 2019.—Floribeth Palacios Alvarado, Jueza Decisora.—1
vez.—( IN2019385767 ).
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita el Expediente N° 19-000264-0930-CI, donde se promueve información
posesoria por parte de Rubén Aguilar Salas, quien es mayor, estado civil viudo,
vecino de Diamantes, La Emilia, Guápiles, Pococí, portador de la cédula N°
1-0213-0431, profesión pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada
en la provincia de Limón, la cual es terreno solar con dos casas de habitación.
Situada en el distrito Guápiles, cantón Pococí. Colinda: al norte, con Margoth
Cordero Rodríguez y Amparo Ugalde Rodríguez; al sur, con Yamileth Morales
Quirós y Katty Morales Quirós; al este, con Francisco Hidalgo Porras; y al
oeste, con calle pública. Mide: trescientos veintinueve metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de dieciocho millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble
aproximadamente 36 años en el año 1983 por compra al señor Rafael Arrieta Mata,
y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en Limpias, cuidar el terreno. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria promovida por Rubén Aguilar Salas.
Expediente: 19-000264-0930-CI-5.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial
de la Zona Atlántica, 11 de setiembre del 2019.—Licda. Valeria Lucía Torres
Morales, Jueza.—1 vez.—( IN2019385769 ).
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 17-000091-0391-AG, donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Arnulfo Gutiérrez Angulo, quien es mayor,
casado una vez, administrador de empresas, vecino de Cartagena de Santa Cruz,
Barrio Edén, cincuenta metros al noreste del pos de A y A, portador de la
cédula de identidad vigente N° 0503340510, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca
cuya naturaleza es siembra de pastos y chaguites. Situada en el distrito
quinto, cantón tercero de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte: Manuel
Enrique Arrieta Peraza; al sur: Doralisa Valerín Bonilla, Araminda Ortiz
Marchena y Cristian Boza Chaves; al este: servidumbre de paso, Manuel Enrique
Arrieta Peraza y Kenia Vásquez Angulo, y al oeste: Xinia Moraga Valerín,
Doralisa Valerín Bonilla, María Josefa Álvarez Bustos, Jessie Peraza Moraga.
Mide: dos mil ochocientos metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados, tal
como lo indica el plano catastrado N° G-1189791-2007. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de tres millones setecientos cincuenta mil colones cada
una. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra venta y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y
a título de dueño por más de un año. Que no existen condueños. Que los actos de
posesión han consistido en limpieza de maleza, rondas y construcción de cercas.
Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a
efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de
este edicto se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Arnulfo Gutiérrez Angulo. Expediente:
17-000091-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, (Santa Cruz), 5 de julio del 2017.—Lic. José Joaquín Piñar
Ballestero, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385794 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho
se tramita el expediente N° 18-000012-0391-AG, donde se promueven diligencias
de Información Posesoria por parte de Bolívar Saturnino del Socorro Ramírez
Sánchez, quien es mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número
5-0136-0499, vecino de Quebrada Grande de Nandayure, Guanacaste, 300 metros
sureste de la escuela, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza
es tacotal. Situada en el distrito Sexto, cantón Noveno, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte calle pública con un frente a ella de trescientos
once metros quince decímetros cuadrados; al sur Quebrada Arenosa y en medio con
predio de Sociedad Inversiones Chaka S. A.; al este Ganadera Carranza Mayorga Limitada,
y al oeste Yamileth López Ramírez. Mide: sesenta mil setecientos cuarenta y
nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
G-1966493-2017. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto
el inmueble como las presentes diligencias en la suma de tres millones de
colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y
a título de dueño por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los
actos de posesión han consistido en rondado, cercado, conservación natural y en
general asistencia a la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida
por Bolívar Saturnino del Socorro Ramírez Sánchez. Expediente N°
18-000012-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste (Santa Cruz). Santa Cruz, 20 de marzo del año 2018.—Lic. José
Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385795 ).
Se hace saber: que ante este Despacho
se tramita el expediente N° 19-000156-0391-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Keylim Lucía Godoy Ulloa quien es mayor,
casada una vez, oficinista, cédula N° 5 0352 0250, vecina de Jicaral de
Puntarenas, ochocientos metros al sur de la Iglesia Católica, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de zona verde y solar.
Situada en El Golfo, distrito cuarto, Lepanto; cantón primero, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de
veinticinco metros cero cinco centímetros lineales; al sur, Ana Lucía Godoy
Ulloa e Inversiones Mobiliaria Dos Arroyos de Las Vuelta Ltda.; al este, Teresa
de los Ángeles Godoy Ulloa y al oeste, Blanca Flor Godoy Ulloa y Ana Lucía
Godoy Ulloa. Mide: dos mil ciento treinta y un metros cuadrados, tal como lo
indica el plano catastrado número P-1959813-2017. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por donación de su tía, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por
más de diez años sumándose la posesión ejercida por su transmitente. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercado, chapeas
y en general asistencia de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Keylim Lucía Godoy Ulloa, expediente N°
19-000156-0391-AG.—Juzgado Agrario Segundo Circuito Judicial de Guanacaste
(Santa Cruz), Santa Cruz, 20 de junio del 2019.—Licenciado José Joaquín
Piñar Ballestero, Juez Agrario.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019385798 ).
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita el Expediente Nº 08-000465-0391-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Deniis Charles Colon, de único apellido en
razón de su nacionalidad francesa, quien es mayor, viudo una vez, empresario,
con cédula de residencia 125000105105, vecino de Playa Tamarindo de Santa Cruz,
Guanacaste, sito Cabinas La Palapa, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya
naturaleza es potrero. Situada en San José de Pinilla, en el distrito noveno,
Tamarindo, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
Misael Aguilar Gómez y José Rosales Rosales; al sur, José Luis Rosales Peña; al
este, Isabel Valerín Barrantes y servidumbre agrícola no constituida; y al
oeste, Cornelio Arrieta Vallejos. Mide: 7 hectáreas 1.060 metros cuadrados, tal
como lo indica el plano catastrado número G-1003535-2005. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de diez
millones de colones y las presentes diligencias en la suma de tres millones
quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por cesión de
derechos onerosos, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública,
pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 14 años.
Que existen no condueños. Que los actos de posesión han consistido en chapeas,
rondas y siembra de frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley
de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Deniis Charles Colon. Expediente 08-000465-0391-AG.—Juzgado
Agrario Segundo Circuito Judicial Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 19
de setiembre del año 2019.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019385895 ).
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 16-000134-0391-AG, donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Damaso Daniel Fajardo Jiménez, quien es
mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad N° 5-100-395, vecino de
Lajas de Hojancha, 1 kilómetro al sur de la escuela, carretera a Puerto
Carrillo, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es repastos,
cultivos y bosques. Situada en Lajas en el distrito Puerto Carrillo, cantón
Hojancha de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte: fincas con identificador
predial 51101011800600, 51103P00028800 y riachuelo; al sur: finca con
identificador predial 51103P00028800 y riachuelo; al este: calle pública con un
frente a ella de 174 metros con 75 centímetros lineales y finca con
identificador predial 51103P00028800; y al oeste: finca con identificador
predial 51103P00065600 y riachuelo. Mide: 9 hectáreas 5143 metros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado número G-2009419-2017. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que
adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de
dueño por más de 20 años de ejercicio personal. Que no existen condueños. Que
los actos de posesión han consistido en cercas, limpieza, rondas y chapeas. Que
no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria promovida por Damaso Daniel Fajardo
Jiménez. Expediente: 16-000134-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz), 19 de setiembre del 2019.—Lic. José
Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385896 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho
se tramita el expediente N° 17-000019-0388-CI, donde se promueven diligencias
de Información Posesoria por parte de Yrani Virginia González Líos, quien es
mayor, estado civil soltera, vecina de Filadelfia de Carrillo, del Cencinai
cien metros hacía el sur, y veinticinco metros hacia el este, portadora de la
cédula de identidad vigente que exhibe número seis-doscientos sesenta y
uno-quinientos sesenta y ocho, profesión comerciante, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito cuarto Belén, cantón quinto Carrillo, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte William Gómez Alvarado, Ginnete
Navarro Ruiz, Jessenia María Gómez Alvarado; al sur María Eugenia Líos
Hernández; al este María Eugenia Líos Hernández, y al oeste calle pública con
frente a ella de quince punto ochenta y nueve metros
lineales. Mide: quinientos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en limpieza del terreno, mantenimiento de rondas y cercas. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Yrani Virginia González Líos. Expediente
N° 17-000019-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz.
Santa Cruz, 26 de febrero del año 2018.—Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2019385950 ).
Se hace saber: que ante este Despacho
se tramita el expediente N° 17-000040-1046-CI donde se promueve información
posesoria por parte de Guillermo Vargas Mora quien es mayor, estado civil
soltero, vecino de Buenos Aires, Puntarenas, doscientos metros al norte de
Salón Azteca, portador de la cédula número 0107760968, profesión jornalero, a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el
terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la
cual es terreno de jardín con una casa. Situada en el distrito primero, cantón
tercero Buenos Aires. Colinda: al norte, con Enecinio Vargas Cordero; al sur,
con Marco Ney Mora Mata, Sidey Vargas Mora, Jeison Andery Mora Vargas, Adrián
Mora Vargas y Amelia Quirós Zúñiga; al este, con Enecinio Vargas Cordero y al
oeste, con José Pablo Marín Castillo. Mide: trecientos sesenta y uno con
sesenta y dos decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir P-644134-2000 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de
colones. Que adquirió dicho inmueble P-644134-2000, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en . Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Guillermo Vargas Mora, expediente N° 17-000040-1046-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires
(Materia civil), 16 de julio del año 2019.—Edith Brenes Quesada, Jueza
Decisora.—1 vez.—( IN2019385997 ).
Se
cita y emplaza a los todos herederos e interesados en la sucesión de quien en
vida fue: Yosimar Ferguson Lowe, mayor, portador de la cédula de identidad
número siete-cero uno siete tres-cero cinco ocho ocho, soltero peón y vecino de
Barrio Cristóbal Colón, sétima entrada a mano derecha, frente a las antenas de
Radio Casino. Se nombra albacea provisional a Keyson Ferguson Lowe, mayor soltero,
peón, portador de la cédula de identidad número siete-cero cero ocho seis cero
dos cinco cero, vecino de Barrio. Se apercibe a los que crean tener calidad de
herederos o interesados para que se presenten a la notaría del bufete de la
Licda. Cynthia Small Francis en Limón centro, 150 metros al oeste de la Escuela
Rafael Iglesias Castro, en el plazo de treinta días, contados a partir de esta
publicación del presente edicto. Con la advertencia de que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, expediente N° 14-01-2019.—19
de setiembre del 2019.—Licda. Cynthia Small Francis, Notaria.—1
vez.—( IN2019385170 ).
Se cita y emplaza a todos herederos e
interesados en la sucesión de quien en vida fue: Samuel Ferguson Lowe, quien
fuera, mayor, soltero, peón, portador de la cédula de identidad número
siete-cero uno seis tres-cero cuatro siete tres, vecino de Barrio Cristóbal
Colón, sétima entrada a mano derecha, frente a las antenas de Radio Casino. Se
nombra albacea provisional a Keyson Ferguson Lowe, mayor soltero, peón, portador
de la cédula de identidad número siete cero cero ocho seis cero dos cinco cero,
vecino de barrio. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos o
interesados para que se presenten a la notaría del bufete de la Licda. Cynthia
Small Francis en Limón Centro 150 metros al oeste de la Escuela Rafael Iglesias
Castro, en el plazo de treinta días, contados a partir de esta publicación del
presente edicto. Con la advertencia de que si no se
presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 14-02-2019.—Limón, 19 de setiembre del 2019.—Licda. Cynthia Small
Francis, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN2019385171 ).
Se cita y emplaza a los interesados en
la sucesión testamentaria notarial de Fernando Echandi Echeverría, mayor,
casado dos veces, comerciante, vecino de Tirrases, de Curridabat, San Jose,
Urbanización La Colina, cien metros al este de la Musmani, cédula número:
uno-trescientos cuarenta y nueve-doscientos sesenta y nueve, para que dentro
del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasara a quien corresponda, expediente número: dos mil diecinueve-cero cero
cero cinco-once mil novecientos cincuenta y uno-NO. Notaría pública con oficina
abierta en Naranjo, Alajuela, cien metros al norte y cincuenta metros al oeste
de la Farmacia Colonial. —Naranjo, 17 de setiembre del 2019.—Licda. Kattia
Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2019385172 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante
esta notaría por el provente al señor Edwin Fernández Barquero, mayor, viudo
una vez, pensionado, vecino de Paraíso de Cartago, cédula: tres-cero ciento
noventa y siete-cero cero setenta y ocho, teniéndose comprobado el
fallecimiento esta notaría declara abierto el presente juicio sucesorio de
quien en vida fuera: Jeannette Morera Jiménez, mayor, de oficios domésticos,
casada una vez, vecina de Paraíso de Cartago, Urbanización, Paraíso, setenta y
cinco metros norte antiguo Bar Gallos Ticos, cédula de identidad N° dos-cero
doscientos ochenta y uno-mil trescientos treinta y ocho, defunción inscrita en
el Registro de Defunciones del Registro Civil, Partido de Cartago, Sección de
Defunciones al tomo: seiscientos veinticuatro, folio: cuatrocientos nueve,
asiento: ochocientos diecisiete, mediante expediente N° dos mil diecinueve-cero
cero cero uno. Se cita y emplaza a todos los interesados para que en el plazo de quince días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría para hacer valer sus
derechos. Se advierte que a los que crean tener derecho a la herencia que si no
se presentan dentro de este término esta pasará a quien corresponda.—Cartago,
siete de setiembre del dos mil diecinueve. Licda. María del Pilar Araya
Céspedes, con oficina abierta en Cartago, Tejar de El Guarco, diagonal al Banco
Nacional de Costa Rica.—Licda. María del Pilar Araya
Céspedes, Notaria.—1 vez.—( IN2019385218 ).
En esta notaría, por solicitud de
Carlos Enrique Andrés Vargas, cédula 7-0052-0353, se abre la sucesión de quien
en vida fue Juan Enrique Andrés Herrera, quien en vida fue mayor de edad, viudo
una vez, pensionado, vecino de la provincia de Limón, Barrio Cangrejos, cédula
de identidad número 1-0171-0428. Se cita y emplaza a todos los interesados para
que dentro de 30 días contados a partir de la publicación del edicto
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho
en calidad de herederos, de no presentarse la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente número 02-19, pudiéndose apersonarse a mi oficina
Limón, costado norte del INS.—Licda. Natasha M.
Meléndez Valverde, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN2019385227 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión testamentaria y legítima en sede notarial de Miriam
Barrantes Arias, quien en vida fue portadora de la cédula de identidad N°
uno-cero trescientos veintitrés-cero doscientos sesenta y siete, mayor, secretaria,
divorciada, vecina de Barrio Córdoba, San José; para que dentro del plazo de
quince días contados a partir de la publicación de este edicto y que se hará
por una sola vez en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus
derechos ante esta notaría ubicada en San José, Barrio Yoses Sur, del antiguo
ITAN, trescientos metros este y trescientos metros norte, oficinas de CEL,
Servicios Legales; apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2019.—San José, nueve
de setiembre del dos mil diecinueve.—Licda. María
Lourdes Montes de Oca Carboni, Notaria.—1 vez.—( IN2019385298 ).
Se emplaza a los herederos, legatarios,
acreedores, y demás interesados en el proceso sucesorio del causante Alban
Castro Mejías, mayor, casado dos veces, comerciante, con cédula de identidad
número seis-ciento sesenta y ocho-seiscientos ochenta y nueve, vecino de San
José, Desamparados, San Rafael Abajo, Urbanización Treviso casa once-C y
falleció el día seis de marzo del año dos mil diecinueve, para que, dentro del
plazo de quince días contados a partir de la publicación de este Edicto,
comparezcan ante esta notaría, y hagan valer sus derechos. Se advierte a los
que crean tener derecho a la herencia, que, si no se presentan dentro de ese
término, ésta pasará a quién corresponda. Recibiré notificaciones en San José,
Catedral de la Fiscalía General cien metros al sur Bufete Lex Abogados o el
correo electrónico willrovira2014@gmail.com. Expediente 001-2019.—San José, 16
de setiembre del 2019.—Lic. William Antonio Rovira Figueroa, Notario.—1
vez.—( IN2019385301 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión notarial de quien en vida fuera: Bernardo Brenes
Córdoba, mayor de edad, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número:
3-168-934, quien era vecino de Cartago, Tierra Blanca, del acueducto comunal 50
metros oeste, para que dentro del plazo de 30 días hábiles contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, ante esta
notaría, sita en Cartago, Central; 200 metros al norte y 10 metros al oeste,
del Cuerpo de Bomberos, y se aperciben a los que crean tener calidad de
herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a
quien legalmente corresponda. Expediente N° 0001-2019. Sucesorio Notarial de
Bernardo Brenes Córdoba.—Cartago, 20 de setiembre del
2019.—Licda. Alejandra Rojas Carballo.—1 vez.—( IN2019385309 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de quien en vida fue Jorge Luis Serrano Solórzano,
cédula N° 1-0416-1280, vecino de San José, Ipís de Guadalupe, de la Iglesia
Católica cincuenta metros oeste, cien metros sur, casa número noventa y uno,
fallecido el 21 de julio del año 2019, para que dentro del plazo de quince días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se
presentan dentro dicho plazo, la herencia, pasará a quien corresponda.
Expediente N° 2019-001. San José, diez horas del doce de setiembre del año
2019. Notaría del Lic. Rubén Ramírez Quirós. Teléfono 2294-8116.—Lic. Rubén
Ramírez Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2019385330 ).
Se hace saber en este tribunal de
justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Francisco
González Salazar, mayor, casado, comerciante, costarricense, con documento de
identidad N° 0301760667 y vecino de Cartago, Barrio los Ángeles. Se indica a
las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente:
19-000141-0640-CI-0.—Juzgado Civil de Cartago, 27 de febrero del
2019.—Licda. Marlen Solís Porras, Jueza Decisora.—1
vez.—( IN2019385367 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de la señora Guadalupe González Kreysa, mayor,
soltera, artista, quien porto la cédula de identidad número nueve-cero cero
setenta y uno-cero novecientos ochenta y cinco, y residió en Sabanilla, para
que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la
herencia pasara a quien corresponda. Expediente No. cero uno-dos mil
diecinueve, once horas del veinte de setiembre del dos mil diecinueve. C.
veintisiete mil cuatrocientos dos. San José.—Lic.
Rolando Luis Calderón Ureña, Notario Público.—1 vez.—( IN2019385382 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante
esta notaría por Luz Del Carmen Salazar Salazar, esta notaría declara abierto
el proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fuera Pedro Egidio De
Jesús Barrantes Ocampo, mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad
N° 400580998, vecino de San José, Moravia, contiguo al Colegio de
Farmacéuticos, fallecido el 5 de agosto del año mil novecientos noventa y
nueve. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de
Rodolfo Martín Rojas Araya, Calle Blancos, setenta y cinco metros al este de la
plaza de deportes. San José, Bufete Rojas Araya Asociados, teléfono:
2236-9522.—Lic. Rodolfo Martin Rojas Araya, Notario Público.—1
vez.—( IN2019385410 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante
esta notaría por Roxana Argüello Venegas, esta notaria declara abierto el
proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fuera Carlos Alberto Segura
Delgado, mayor, casado tres veces, pensionado, cédula de identidad número uno
cero tres nueve tres cero dos cinco dos, vecino de San José, Moravia, Jardines,
casa número dieciséis, fallecido el día trece de mayo del año dos mil
dieciocho. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de
Rodolfo Martín Rojas Araya, Calle Blancos, setenta y cinco metros al este de la
plaza de deportes, San José, Bufete Rojas Araya y Asociados. Teléfono:
2236-9522.—Rodolfo Martín Rojas Araya.—1 vez.—(
IN2019385411 ).
Se hace saber: Que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Antonio Montenegro
Molina, mayor, soltero, Pensionado, vecino de Grecia Urbanización los
Higuerones, cédula uno-ochocientos cincuenta y cinco-seiscientos ochenta y seis.
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien
corresponda. Expediente Nº15-000063-0295-CI.—Juzgado
Civil de Grecia, 12 de mayo del año 2015.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—( IN2019385437 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante
esta notaría por Christian Jacques Robert Gilles Vialar, mayor, divorciado una
vez, administrador, vecino de San José, cédula uno-cero quinientos ochenta y
dos-cero seiscientos ochenta y nueve, a las catorce horas del catorce de
setiembre del dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera
Beatrice Vialar Duran, mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de San José, Barrio
Los Yoses, calle treinta y siete, avenidas diez y doce, contiguo a Central Law,
con cédula de residencia: uno dos cinco cero cero cero cero seis uno dos uno
cuatro. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic.
Mario Baltodano Vargas, San Pedro de Montes de Oca, Barrio Los Yoses, frente al
parqueo los Yoses, calle treinta y siete, entre avenidas diez y doce.—Lic. Christian Jacques Robert Gilles Vialar,
Notario.—1 vez.—( IN2019385441 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Juan Álvarez Zúñiga quien fue en vida casado una
vez, operario de máquinas, quien portaba la cédula de identidad número
dos-ciento sesenta y nueve-cero ochenta y uno y Alina Rojas Rojas, quien en
vida fue, casada una vez, ama de casa quien portaba la cédula de identidad
número uno-doscientos nueve-novecientos veintinueve, y quienes residieron en San
José, Guadalupe, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se
apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, expediente
número 001-2019. Notaría de la Licda. Denise Vega Chavarría. cuya notaría se
encuentra en San José, Goicoechea, Guadalupe de la Cruz Roja cincuenta metros
oeste, a las dieciséis horas del treinta y uno de agosto del dos mil diecinueve.— Licda. Denise Vega Chavarría, Notaria.—1 vez.—(
IN2019385481 ).
Apertura de trámite sucesorio
extrajudicial de quien en vida se llamó Evangelina Cruz Ureña Granados, vecina
de Ciudadela Rodrigo Facio, Ipís, Goicoechea, San José. Se emplaza a todos los
interesados para que, dentro de treinta días hábiles contados a partir de esta
publicación, comparezcan a reclamar sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda.
Albacea Yamileth Porras Ureña. Notaria Virginia Saborío Chaves, Urbanización
Florencio del Castillo, casa 19B, La Unión, Cartago.—San
José, veintitrés de setiembre del 2019.—Licda. Virginia Saborío Chaves,
Notaria.—1 vez.—( IN2019385488 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión de Salomón Ruiz García quien fue mayor, casado una vez, de
nacionalidad Nicaragüense, Chofer, vecino de Quebrada Grande de Liberia, cédula
de residencia uno cinco cinco ocho cero siete uno uno cero ocho cero ocho, para
que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0008-2019. Notaría de la
Licenciada Ana Isabel Campos Sáenz, sita en Liberia, Barrio Condega, costado
sur de la Dirección Regional de la Caja Costarricense del Seguro Social.
Teléfono: 2666-1843.—Licda. Ana Isabel Campos Sáenz, Notaria.—1
vez.—( IN2019385491 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante
esta notaría por Folker Abel Von Rieth, a las catorce horas del diecisiete de
setiembre del dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento, esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera
Sebastián Abel Chaves, quien portó la cédula de identidad costarricense número
uno-mil setecientos treinta y nueve-cero doscientos veinticuatro, fallecido el
ocho de agosto del dos mil diecinueve. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de
treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Se les apercibe a los
que crean tener calidad de herederos que si no se
presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda y
acerca del señalamiento de lugar o medio para la atención de sus
notificaciones, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Notaría de
la Licda. Melissa Villalobos Ceciliano, en San José, Pavas, Barrio Rohrmoser,
teléfono 22961363, expediente N° 001-2019. (Publicar 1 vez en el Boletín
Judicial).—Licda. Melissa Villalobos Ceciliano.—1
vez.—( IN2019385512 ).
Por acta de apertura ante esta notaría
solicitada por Magdalena Duarte Estrada, a las 12:00 del 17/01/19, comprobado
el fallecimiento en la ciudad de Limón de Materno Díaz Díaz, quien en vida
fuera casado una vez, agricultor, con domicilio en Limón, Talamanca, Bribrí,
calle hacia río Sixaola con cédula 5-084-644. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos.— Bribrí, Limón .—
Lic. Rodrigo Julián Mora Cortés, Notario, teléfono 8634-9468.—1 vez.—(
IN2019385519 ).
Por acta de apertura ante esta notaría
solicitada por JOSE Luis Araya Fuentes, a las 20:00 del 24/08/19, comprobado el
fallecimiento en la ciudad de Limón de Jerónimo Emilio Fajardo Angulo, mayor,
soltero, Guarda de Seguridad, con domicilio en Limón, Río Blanco, Liverpool, contiguo
a Pulpería Barrio Nuevo, cédula siete-cero cuarenta y seis-ciento ochenta y
cinco .Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del
Lic. Rodrigo Julián Mora Cortés. Notario, Bribrí, Limón. Teléfono
8634-9468.—Lic. Rodrigo Julián Mora Cortés, Notario.—1
vez.—( IN2019385520 ).
Por acta de apertura ante esta notaría
solicitada por Yendry Melissa González Martínez y otros, a las 20:00 del
24/08/19, comprobado el fallecimiento en la ciudad de Limón de Andrea Del
Socorro Martínez Obando, quien en vida fuera soltera, ama de casa, con
domicilio en Puntarenas, Golfito, cédula: 5-232-544. Se cita y emplaza a todos
los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días naturales
contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Rodrigo Julián Mora
Cortés. Bribrí, Limón, tel.: 8634-9468.—Lic. Rodrigo Julián Mora Cortés, Notario.—1 vez.—( IN2019385521 ).
Notifíquese a los herederos legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados en el proceso sucesorio de
quien en vida fue Nury Barquero Zamora, cédula 1-0330-0770, para que hagan
valer sus derechos, por el plazo de 15 días, el cual se tramita en la notaría
de: Evelin Sandoval Sandoval en San Francisco de Dos Ríos, de la Iglesia
Católica 400 mts. este, 100 sur.—San José, 14
setiembre 2019.—1 vez.—( IN2019385535 ).
Se hace saber: En este Despacho
Judicial se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Gerardo
Arturo de Jesús Campos Agüero, mayor, casado una vez, costarricense, vendedor,
cédula de identidad 01-0563-0743 y vecino de La Unión, Cartago. Se indica a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar lo
correspondiente en el plazo de quince días contado a partir de la publicación
de este edicto. Expediente 15-000265-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago. 04 de diciembre del año 2018. Expediente 15-000265-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 10 de setiembre del año
2019.—Lic. Francisco Javier Castillo Acuña, Juez.—1 vez.—( IN2019385667 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos
e interesados en la sucesión de Edgar Lizano Madriz, quien fue mayor, casado
una vez, ingeniero agrónomo, vecino de Heredia Centro, avenida tres, calles
diez y doce, diagonal a la oficina de suministros del INA, cédula N° 9-004-988,
para que dentro de 15 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto se apersonen a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si
no lo hacen dentro del término indicado la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 002-2019. Sucesorio Notarial de Edgar Lizano Madriz. Bufete María
Gabriela Villalobos Ramírez, Heredia Centro, Avenida Central, calles diez y doce.—Heredia, 20 de setiembre del 2019.—Licda. María
Gabriela Villalobos Ramírez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019385704 ).
Se hace saber: En este Tribunal de
Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Jeremías
Ormin de Lourdes Espinoza Zárate, mayor, casado una vez, costarricense, con
documento de identidad N° 0400710236, y vecino de Heredia centro, Cubujuquí. Se
indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes
tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar
en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto.
Expediente Nº 19-000793-0504-CI-0.—Juzgado Civil de Heredia, 03 de
setiembre del 2019.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza.—1
vez.—( IN2019385706 ).
A los interesados: comprobado el
fallecimiento el 07 de enero de 2013, de Damaris Rosita Stephen Blackwood,
quien fuera mayor, soltera, cédula de identidad 7-0075-0964, vecina de Barrio
Pacuare, cantón Limón, distrito Limón, de la provincia de Limón, nacida el 17
de febrero de 1963, sus padres Alfonso Stephen Stephen ya fallecido y Miriam
Blackwood Palmer, se declara abierta la sucesión ante la notaria Jenny Paz
Izquierdo Zumbado, carné Nº 4518, ubicada en distrito Limón, cantón Limón,
provincia Limón, 200 metros al norte, 50 oeste del estadio Juan Gobán, frente
al salón del reino de los testigos de jehová.—Limón, 29 agosto 2019.—Licda.
Jenny Paz Izquierdo Zumbado, Notaria.—1 vez.—( IN2019385754 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de quien en vida fue: Víctor Hugo Mora Chaves,
mayor, casado una vez, mecánico de barcos, vecino de El Ipís de Goicoechea,
doscientos metros este Escuela Los Ángeles, Condominio El Castillo número uno,
portador de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos cincuenta y
uno-ochocientos cuarenta y tres, fallecido el dieciocho de agosto del dos mil
diecinueve, para que dentro del plazo de treinta días (30d), contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se
apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que no se presentan dentro
del plazo señalado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº
01-2019. Bufete en Heredia del costado noroeste del Estadio 50 metros norte, o
por medio del correo: shirleyduadua@gmail.com.—San
José, 23 de setiembre del 2019.—Licda. Shirley Duarte Duarte, Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2019385776 ).
Se hace saber: en este Tribunal de
Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ronald
Gerardo Meneses Villalobos, mayor, estado civil casado, obrero industrial,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0203900111 y vecino de
Invu, Las Cañas número 3, casa número 47. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado
a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 19-000628-0638-CI-6.—Juzgado
Civil Primer Circuito Judicial Alajuela, 03 de setiembre del 2019.—Sandra
Trejos Jiménez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019385791
).
Yo, Adolfo Ledezma Vargas, notario
público, hago constar que ante mi notaría, ubicada en
Las Juntas de Abangares, Guanacaste, frente al gimnasio municipal, se tramita
bajo el expediente número: cero cero cero tres-diecinueve, se tramita sucesión
ab-intestada, de Fausto Potoy Ramírez, cédula número 5-071-783, quien fue
mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Bijagua de Upala, fallecido el 26
de septiembre de 2014. Se convoca a los herederos, acreedores y demás
interesados en este proceso para que en el plazo de quince días, contados a
partir de la publicación de este edicto en el boletín judicial, se apersonen
ante esta notaría en la dirección dicha, a hacer valer sus derechos.—Las
Juntas de Abangares, 21 de setiembre del 2019.—Lic. Adolfo Ledezma Vargas,
Notario.—1 vez.—( IN2019385830 ).
Se hace saber: Que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de María Teresa Quesada Marín, quien fue mayor,
casada una vez, portadora de la cédula de identidad número 0104470815-. Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 06-000777- 0169-CI.—Juzgado
Tercero Civil de San José, 13 de setiembre del año 2019.—M.Sc. Walter
Obando Corrales, Juez.—1 vez.—( IN2019385833 ).
Se hace saber en este tribunal de
justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rafael
Baltodano López, mayor, estado civil casado, profesión u oficio pensionado,
nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0900070111 y vecino
de Santa Elena de San Isidro de Heredia. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado
a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 18-000325-0182-CI-0.—Juzgado
Civil de Heredia, 06 de agosto del 2019.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2019385861 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante
esta notaría, por Vilma Ulate Sánchez, mayor, casada una vez, auxiliar
tributaria, cédula cuatro-ciento cuarenta y siete-seiscientos ochenta y ocho,
vecina de San Rafael de Heredia, del Centro Comercial Manolo, ciento setenta y
cinco metros sur, a las once horas del cuatro de julio del año dos mil
diecinueve, y comprobado el fallecimiento de Miguel Ángel Ulate Badilla, mayor,
casado una vez, comerciante, vecino de San Rafael de Heredia; costado sur, de
Supermercado Palí, con cédula de identidad número cuatro- cero setenta y
cuatro-cero setenta y siete, esta Notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría del Lic. Saul González Vargas, sita en Heredia centro;
doscientos metros norte, del Correo, en Bufete Valerio y Asociados, Teléfono
dos dos seis uno ocho cero uno cinco. Publicar una vez.—Heredia,
cuatro de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Saul González Vargas, Notario.—1
vez.—( IN2019385867 ).
Se hace saber en este Tribunal de
Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Carlos
Carballo Cedeño, mayor, casado una vez, nacionalidad costarricense, con
documento de identidad N° 0301160392 y vecino de Santa Rosa de La Palmera, San
Carlos, cien metros al norte del Centro Penal La Marina. Se indica a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
19-000303-0297-CI-8.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
16 de setiembre del año 2019.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2019385942 ).
Se emplaza a herederos, legatarios,
acreedores e interesados en la sucesión de Leonor Acidail Zúñiga Vásquez, quien
en vida fue mayor, viuda una vez, pensionada, con cédula de identidad número
5-079-628; vecina de Filadelfia de Carrillo, Guanacaste, de la GAR setenta y
cinco metros hacia el norte casa a mano derecha; para que dentro del plazo de
treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso, se
apersonen a ésta notaría ubicada en Filadelfia de Carrillo, Guanacaste, 300
oeste y 50 sur del Banco Nacional, a hacer valer sus derechos, bajo el
apercibimiento de que si no se presentaren en ese plazo, la herencia pasará a
quien corresponda. Notaría del Lic. Gerardo Enrique Picón Chávez, teléfono
47001725, correo electrónico gerar2586@hotmail.com.—Filadelfia,
16 de setiembre del 2019.—Lic. Gerardo Enrique Picón Chávez, Notario.—1 vez.—(
IN2019385949 ).
En mi notaría a las 14:00 horas del 19
de setiembre del 2019, se declaró abierto el sucesorio de Ana Lorena Alvarado
Aguilar, cédula N° 1-0767-0253. Se invita a todos los interesados en esta
sucesión, se apersonen a hacer valer sus derechos en el plazo de 30 días.—Licda. Yanit Alfaro González, Notaria.—1 vez.—(
IN2019385994 ).
Yo, Wayner Hernández Méndez, notario
público, con oficina abierta en la ciudad de San Vito, setenta y cinco metros
al oeste del Banco Nacional; habiéndose cumplido con los requisitos de ley;
comprobado el fallecimiento de María Rosa Elizondo Fonseca, cédula uno dos
cuatro seis-nueve seis cuatro, quien nació el dieciséis de febrero de mil
novecientos cincuenta y ocho, y falleció el veintisiete de julio del dos mil
diecisiete, su último domicilio fue cincuenta metros norte y doscientos metros
oeste de la Iglesia Católica de Sabalito, Coto Brus, Puntarenas, quien fue ama
de casa, soltera. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general
a todos los interesados para que, dentro del plazo de treinta días, comparezcan
a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho
a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasara a quien
corresponda. Expediente N° 0003-2017.—San Vito, primero de julio del dos mil diecinueve.—Lic. Wayner Hernández Méndez, Notario.—1 vez.—(
IN2019386008 ).
Sucesión extrajudicial: por escritura
otorgada el día dos de setiembre de dos mil diecinueve compareció José Eduardo
Valverde Vega, viudo una vez, pensionado, cédula tres-ciento
veintiuno-novecientos setenta y seis, mayor, costarricense, vecino de Limón,
centro a solicitar la apertura del sucesorio Ab intestato de quien en vida se
llamó María Teresa Torres Brenes, cédula tres-ciento veintiuno-setecientos
setenta y cuatro, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, costarricense, vecina
de Limón y falleció el once de junio de dos mil diecisiete. Por el término de
treinta días a partir de su publicación se cita y emplaza a todos los
herederos, legatarios, acreedores en general y a todos los interesados en la
presente sucesión, para que dentro de este término se apersonen ante mi
despacho ubicado en San José, Curridabat, de Mc Donalds Plaza del Sol,
cuatrocientos metros al sur y cincuenta metros al oeste, última casa a mano
derecha, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo
hicieren, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Sucesión
Extrajudicial. Notarial de María Teresa Torres Brenes, expediente N°
NRGC-003-2019. Bufete Roberto Gourzong Cerdas y Asociados.—San
José, 20 de setiembre de 2019.—1 vez.—( IN2019386016 ).
Se hace saber que, en esta notaría, se
tramita proceso sucesorio de quien en vida se llamó: José Rafael Gallo Pizarro,
mayor, casado una vez, pensionado, costarricense, cédula de identidad N°
500980535. Se cita y emplaza a quienes tengan interés legítimo en el proceso,
que se apersonen en el plazo de quince días contados a partir de la publicación
de este edicto, Expediente N° 19-0001-PSN, Desamparados, San Juan de Dios
frente Plaza de Fútbol. 21 de setiembre del 2019.—Lic. Luis Alberto López
López, Notario.—1 vez.—( IN2019386035 ).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se
llamó: Edgar Fernández Torres, mayor, casado una vez, pensionado, cédula de
identidad número uno-cero dos uno nueve cero siete cero uno, quien fue vecino
de Bahía Ballena, un kilómetro sur del Banco Nacional y doscientos metros este,
Osa, Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaria en defensa de sus derechos.
Y se apercibe a los que crean tener la caridad de herederos de que, si no lo
hacen dentro del término, dicha herencia pasará a quien corresponda. Notaría
Pública de la Licda. Ginnette Arias Mora, cita en San José, Moravia, San
Vicente, costado norte del parque El Alto, correo ariasabogados48@gmail.com, tel.
2245-58-95.—Licda. Ginnette Arias Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2019386070 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante
esta notaría, por María Fernanda Chávez Valerín, cédula de identidad número
uno-mil seiscientos diecisiete-cero setecientos treinta, a las dieciséis horas
del treinta y uno de agosto del dos mil diecinueve; comprobado el fallecimiento
de quien en vida se llamó: Marta Eugenia Valerín Corrales, cédula número
uno-quinientos ochenta y cuatro-cero veintiuno; esta
notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a
todos los interesados, para que, dentro del plazo máximo de treinta días
naturales contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante
esta notaría a hacer valer sus derechos, para el único bien hereditario en este
proceso, correspondiente al bien inmueble del Partido de San José, folio real
número ciento ochenta y dos mil quinientos sesenta y siete-cero cero uno.
Notaría de la Licda. Ana Isabel Chavarría Corrales.—Licda.
Ana Isabel Chavarría Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2019386079 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados, acreedores, legatarios en la sucesión de Miguel Ángel García Murillo,
quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San Isidro de El
General, cédula número dos-doscientos cinco-ciento once, para que dentro de
quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a la oficina del notario: Óscar Muñoz Linkimer, ubicada en San
Isidro de El General, calle del comercio, Bufete Muñoz Linkimer, frente a la
Óptica Visión, a reclamar sus derechos, apercibiendo a los que crean tener la
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del
día veinte de setiembre del dos mil diecinueve.—1 vez.—( IN2019386087 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés
en el depósito de la persona menor Allison Ríos Carvajal, para que se apersonen
a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la
última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 17-000922-0292-FA. Clase
de Asunto Depósito Judicial. —Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las diez horas y veintitrés minutos del cinco de
julio de dos mil diecinueve. —Msc. Luz Amelia Ramírez Garita. —O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA. —( IN2019385058
). 3 v. 3.
Se
cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las
personas menores Cristhoper David, Geovanny Josué, y Johan Daniel ambos de
apellidos Zúñiga Salgado, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo
de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. Expediente N° 18-000222-0292-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, a las nueve horas y cuarenta minutos del cinco de julio de dos
mil diecinueve. 05 de julio del año 2019.—Msc. Luz
Amelia Ramírez Garita.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2019385063 ). 3
v. 3.
Se
cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la
persona menor Treicy Pilar Soto Sánchez, para que se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última
publicación del edicto ordenado, expediente N° 19-001364-0292-FA. Clase de
asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas y treinta y cinco
minutos del cuatro de setiembre de dos mil diecinueve, 04 de setiembre del
2019.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita.—O.C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019385196 ). 3 v. 2.
Se cita y emplaza a todas las personas
que tuvieren interés en el depósito del menor de edad David Gabriel López
Pérez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días
que se contarán a partir de la publicación de este edicto. A su vez, se
comunica a la señora Aracelly López López, mayores de edad, nicaragüense,
indocumentada, demás datos y dirección desconocida, madre registral del citado
menor, que en este Juzgado se tramita proceso de depósito judicial de menor,
Expediente N° 19-000888-1302FA, promovido por la Licda. Vivian Cabezas Chacón
representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de Los Chiles, donde
solicita que se apruebe el depósito del niño; por lo que se le concede el plazo
de tres días contados a partir de esta publicación, para que manifieste su
conformidad o se oponga a estas diligencias. Expediente N° 19-000888-1302-FA.
Depósito Judicial.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, 12 de setiembre del año 2019.—Msc. Yuliana
Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385184 ).
Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a Daniel Castro Galler, en su carácter personal, quien es
mayor, divorciado, costarricense, cédula N° 0204790775, de paradero
desconocido, se le hace saber que en demanda reconocimiento de hijo mujer
casada, establecida por Gadiel Alberto Méndez Aragón contra Daniel Castro
Galler, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente
dice: Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de
hijo de mujer casada promovido por Gadiel Alberto Méndez Aragón a favor de la
persona menor Jeferson Josué Castro Arguedas. De los autos se observa que se
encuentra debidamente apersonada a la señora Lilliana de los Ángeles Arguedas
Matamoros, no oponiendo objeción alguna al presente proceso. De las diligencias
presentadas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el
plazo de tres días. A su vez por el mismo plazo otorgado, se le confiere
audiencia, al señor Daniel Castro Galler padre registral de la persona menor de
edad. Para notificar al ente aludido, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales de este Circuito Judicial. Se les previene a las
partes, que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.- Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como
teléfono.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d)
profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado
civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Expediente
19-001339-0292-FA, de Gadiel Alberto Méndez Aragón, interesados Daniel Castro
Galler y Lilliana de Los Ángeles Arguedas Matamoros.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Licda. Eugenia María
Bolaños Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2019385191 ).
M.Sc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza
del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Omar Alonso
Soto Barrantes y Tania María Sánchez Barrantes, en su carácter personal,
quienes son mayores, solteros, cédulas 0401600788 y 2-729-637, respectivamente,
se les hace saber que en demanda depósito judicial, expediente
19-001364-0292-FA, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra
Omar Alonso Soto Barrantes y Tania María Sánchez Ramos, se ordena notificarle
por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las trece horas y veinticinco minutos
del cuatro de setiembre de dos mil diecinueve. De las presentes diligencias de
depósito de las personas menores Treicy María Sánchez Ramos, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Tania
María Sánchez Ramos y Omar Alonso Soto Barrantes, a quienes se les previene que
en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta
petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita
a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como
medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la
página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más
información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente
de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d)
profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil,
g) número de cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a
Tania María Sánchez Ramos, y Omar Alonso Soto Barrantes, mediante la
publicación de la presente resolución en el Boletín Judicial, mediante
el edicto respectivo. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces
consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que
tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de
treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. Depósito provisional: Sin perjuicio de lo que se resuelva en
sentencia y de forma provisional, se ordena el depósito provisional de la
persona menor de edad Treicy Pilar Soto Sánchez, en el hogar de la señora
Susana Mariela Campos Ramos, quien debe apersonarse al despacho a aceptar el
cargo que le ha sido conferido. M.Sc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela.—Lic. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019385195 ).
Se avisa que en este Despacho bajo el
expediente N° 19-001581-0292-FA, Adrián José Murillo Murillo, Rose Mary Salazar
Castro, solicitan se apruebe la adopción de la persona menor de edad Lía
Sánchez Campos. Se concede a los interesados el plazo de CINCO DÍAS a partir de
la publicación, para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los
motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la
misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16
de setiembre del 2019.—Licda. Eugenia María Bolaños Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—1 vez.—( IN2019385207 ).
Licda. Patricia Cordero García, Jueza
del Juzgado de Familia de Cartago; se tiene por establecido el presente proceso
especial de declaratoria de abandono de la persona menor María Ángel Mejía
Ureña, planteado por Maureen Silvia Rojas Sánchez contra Laura Patricia Ureña
Guzmán y Reynaldo de Jesús Mejía Mejía, a quien se le concede el plazo de cinco
días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca
prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de
Familia. Por existir personas menores involucradas en este proceso se tiene
como parte al Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia. En ese
mismo plazo, en el primer escrito que presente deben señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta
petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema
de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir
notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder
Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al
personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h)
lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta
en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una
convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo
123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese
esta resolución al Patronato Nacional de la Infancia en sus oficinas en esta
ciudad por medio de gestión en línea. Notifíquese esta resolución a la parte
demandada Laura Patricia Ureña Guzmán, personalmente o por medio de cédulas y
copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo
19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a
la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Cartago. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o
edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria
notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Deberá la parte actora para el diligenciamiento de
la comisión respectiva, aportar un juego de copias y presentarla ante el
despacho para la expedición de la misma. Siendo que se
desconoce el domicilio del señor Reynaldo de Jesús Mejía Mejía con el fin de
agotar los medios de localización se emite oficio a la Sección de
Localizaciones del Organismo de Investigación Judicial lo que corresponde. Con
respecto a la medida cautelar solicitada por la actora se resolverá una vez que
conste en autos la contestación de la demanda o en su defecto el acta de
notificación a la parte demandada debidamente diligenciada. Notifíquese.
Expediente Nº 18-000672-0338-FA.—Juzgado de Familia
de Cartago, 20 de setiembre del 2019.—Licda. Patricia Cordero García,
Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385232 ).
Que por solicitud llegada a mi notaría
se tramita adopción de mayor de edad de la mayor de edad, Cristel Raquel
Pomares Díaz, cédula de identidad N° 1-1745- 0369, por parte de Pedro Cordonero
Benavides, cédula de identidad 1-929-0359, con el asentimiento de su madre
Cindy Patricia Díaz Quesada, cédula de identidad 1-986-0159. Todo lo anterior
de conformidad con el numeral 131 del código de familia, se ordena a publicar
el edicto a los efectos escuchar oposiciones en el plazo de 5 días, para lo
cual se tendrá por escuchadas al correo andreslegal@racsa.co.cr y/o a la
oficina del notario en horario de 8:00 a.m. a 5 p.m. San Pedro de Montes de
Oca, Edificio Sigma, Torre A, segundo piso. El escrito en donde funden motivos
de inconformidad debe de venir fundamentado y tener un interés legítimo para la
oposición y las pruebas en que se fundamenten. Se expide a las trece horas del
dieciocho de setiembre del año dos mil diecinueve. Publíquese en el Boletín
Judicial una vez.—Lic. Andrés Durán López,
Notario.—1 vez.—( IN2019385645 ).
Se hace saber: en este Tribunal de
Justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por María Yadira
Edelmir Villalobos Ruiz, mayor de edad, casada, contadora, documento de
identidad N° 0501900390, vecina del Coyol de Alajuela, en el cual pretende
cambiarse el nombre a Yadira Villalobos Ruiz. Se concede el plazo de quince
días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer
valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N°
19-000512-0638-CI-2.—Juzgado Civil Primer Circuito Judicial Alajuela,
05 de setiembre del 2019.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2019385719 ).
Se hace saber: Que, por iniciativa de
Olman Alonso Arguedas Rojas, cédula número 0204460197, se ha promovido un
proceso judicial a fin de que se le reponga reposición de la cédula hipotecaria
inscrita en el Registro de Cédulas Hipotecarias del Registro Nacional con las
citas tomo 2011, asiento 00145463, consecutivo 01, secuencia 0001, subsecuencia
001. Se concede un plazo de quince días a partir de la última publicación de
este edicto, a cualquier persona interesada para que se presenten en defensa de
sus derechos. Se ordena así en proceso judicial de reposición de título valor.
Expediente N° 19-000117-0180-CI-3.—Juzgado Primero Civil de San José, 03
de setiembre del 2019.—Licda. Yarini Madrigal Escoto, Jueza Decisora.—1
vez.—( IN2019385747 ).
Se hace saber: Expediente:
19-000135-1420-FA. Depósito judicial (4). Actor: PANI. Demandados: Nelson
Antonio Abarca Marín y Jennifer Castro Montes.—Juzgado
de Familia de Osa, 10:14 horas 09/julio/2019. Curso: De toda la prueba y del
presente proceso de depósito judicial, se confiere audiencia por 3 días, a los
padres: Nelson Antonio Abarca Marín y Jennifer Castro Montes. Medio: Se les
previene a todas las partes e interesados que en su primer escrito que presenten
tienen que señalar únicamente medio (preferiblemente correo electrónico
autorizado), para atender sus futuras notificaciones. De no hacerlo, o si el
medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho,
incluido que no esté autorizado, todas las resoluciones posteriores se les
tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas.
Depósito: Se nombra depositaria judicial de la menor: Mitzell Kassandra Abarca
Castro, a: Niril Castro Montes, quien dentro de 3 días tienen que venir al
Juzgado para aceptar el cargo. Notificaciones: Padre: Ocj Golfito. Madre: Ocj
Corredores. Depositaria: Ocj Osa. Aviso: Se les informa a todas las partes e
interesados que este proceso es electrónico. Es decir, no existe a nivel físico
o material, sino que todo su respaldo es virtual. Es todo.—Juzgado
de Familia de Osa, 19 de setiembre del 2019.—Lic. Mario Alberto Barth
Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2019385797 ).
Msc. Valeska Von Koller Fournier, Jueza
del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a
Arten Shapkin, documento de identidad N° P603232479, de nacionalidad rusa,
domicilio desconocido, que en este despacho se interpuso un proceso
reconocimiento de hijo mujer casada en su contra, bajo el expediente N°
19-001377-0165-FA donde se dictó la resolución de las diez horas y cuarenta y
dos minutos del doce de setiembre de dos mil diecinueve que literalmente dice:
se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo
de mujer casada promovido por Maykol Alberto Calvo Vargas a favor de la persona
menor SDSR. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la
Infancia, por el plazo de tres días. A su vez por el mismo plazo otorgado se le
confiere audiencia, tanto al padre registral de la persona menor Arten Shapkin.
Se les previene a las partes, que en el primer escrito que presenten deben
señalar medio y lugar, éste último dentro del circuito judicial de este
Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras
no lo hagan las resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia,
se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas
después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido
imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar
señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente
(artículos 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones
Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de 1996). Notifíquese al padre registral;
la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín
Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del
artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que
sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr
tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y
publíquese. Para notificar al ente aludido, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de este Circuito Judicial.
Msc. Valeska Von Koller Fournier, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso
reconoc. hijo mujer casada de Maykol Alberto Calvo Vargas. Expediente N°
19-001377-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del 2019.—Msc. Valeska Von
Koller Fournier, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385800 ).
Se hace saber que ante se este Despacho
se tramita la disolución de la Asociación Instituto Bíblico Mizpa, cédula
jurídica número 3-002-648921, promovido Vidal Mora Vargas, quien es el
representante legal de la asociación principal. En cual mediante la sentencia
Nº 2018001044 de las ocho horas y cincuenta y tres minutos del dieciocho de
diciembre del dos mil dieciocho, se resolvió: “Razones expuestas, artículos 13,
14 y 27 de la Ley de Asociaciones, 211, 212, 213, 214 y 216 del Código de
Comercio, 101 del Código Procesal Civil, se declaran con lugar las presentes
diligencias y en consecuencia, se declara disuelta la Asociación Instituto
Bíblico Mizpa, cédula jurídica cédula jurídica número 3-002-648921, filial de
la Asociación Iglesia de Dios Pentecostal Movimiento Internacional cédula
jurídica número 3-002-045390, promovidas Vidal Mora Vargas, quien es el
representante legal de la asociación principal. Publíquese la parte dispositiva
de esta sentencia por una vez en el Boletín Judicial de La Gaceta
y en un diario de circulación nacional. Una vez firme esta resolución y a
solicitud de interesado, expídase la ejecutoria respectiva al Registro
Nacional, Sección de Asociaciones para cancelar la inscripción del documento
visible al tomo 2011, asiento 221303. Se nombra como
liquidador al señor: Vidal Mora Vargas, a quien se le confiere, a partir de la
firmeza de esta resolución, el plazo de cinco días para aceptar el cargo
conferido y jurar su fiel cumplimiento mediante escrito o acta, apercibido de
que en su omisión será removido y sustituido por otra persona. El liquidador,
previa publicación del edicto en la forma dicha, una vez pagadas las deudas de
la Asociación disuelta, si las hubiere, traspasará los activos a la Asociación
Iglesia de Dios Pentecostal Movimiento Internacional, cédula jurídica número
3-002-045390. Para realizar sus labores observará las facultades y deberes que
establecen los artículos 214 y 216 del Código de Comercio. Los honorarios del
liquidador quedan fijados, en abstracto, en un cinco por ciento del valor neto
de los bienes por liquidar”. Se emplaza a los interesados de la presente
disolución, a efecto de que, dentro del plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el presente proceso a hacer
valer sus derechos. Expediente Nº 17-000239-0182-CI.—Juzgado
Segundo Civil de San José, 26 de agosto del 2019.—Ingrid Fonseca Esquivel,
Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2019385845 ).
Licenciado(a) Ricardo Núñez Montes De
Oca, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Pablo Antonio Ibarra Aragón, en
su carácter mayor, nicaragüense, maestro de obras, cédula de residencia número
N° 155810976419, vecino de Guacarí la Milpa de la escuela 100 metros sur casa
número 30, se le hace saber que en proceso depósito judicial, establecido por
Patronato Nacional de la Infancia de Heredia Oficina Local del Sur, bajo la
sumaria N°18-002387-0364-fa se ordena notificarle por edicto, la resolución
dictada por este despacho: (...) Juzgado de Familia de Heredia, a las catorce
horas y cuarenta y seis minutos del diez de enero de dos mil diecinueve, de las
presentes diligencias de depósito de las personas menores Emelyn Nicole, Jonny
Hansi y Kenia todos Ibarra Ortega, promovidas por el Patronato Nacional de la
Infancia, se confiere traslado por tres días a Pablo Antonio Ibarra Aragón, a quien
se le previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un
medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo
haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual
consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28
de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de
2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008,
artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un
fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el
envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como
teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono
“celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del
despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite
procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal
para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr
Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior,
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de Nacimiento. d)
Profesión u Oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Deposito judicial
provisional: de conformidad con lo dispuesto en los numerales 161 del Código de
Familia, artículo 242 del Código Procesal Civil y Código de la Niñez y la
Adolescencia, como Medida Cautelar, se ordena el depósito provisional de las
personas menores de edad Emelyn Nicole, Jonny Hansi y Kenia todos Ibarra
Ortega, en la señora Gabriela Vargas Cruz, a quien se le confiere el plazo de
tres días para jurar y aceptar el cargo conferido, bajo apercibimiento de que
en caso de incumplimiento se removerá de su cargo y se resolverá lo que en
derecho corresponda. Notifíquese esta resolución a Pablo Antonio Ibarra Aragón
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación,
o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina De Comunicaciones
Judiciales Y Otras Comunicaciones; Heredia. En caso que
el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso
restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a
efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Notifíquese. José Miguel Fonseca Vindas, Juez de Familia(...).—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Ricardo
Núñez Montes De Oca, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385897 ).
El Juzgado de Familia de Desamparados,
hace saber al señor José Ramón García Ortiz, mayor, soltero, nicaragüense,
cédula de residencia N° 155819890812 y de demás calidades desconocidas, que en
este despacho se tramita el proceso número 19-000122-0637-FA, que es proceso
sumario de autorización de salida del país de persona menor de edad de Noelvi
del Socorro Moreno Espinoza en su contra y por lo tanto se le concede el plazo
de diez días a efecto de que se apersone para contestar o formular la oposición
correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la
indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr
tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto.
Se previene a la parte accionada, señalar medio para recibir notificaciones,
caso contrario después de tres días de publicado el presente edicto, comenzará
a aplicar la notificación automática. Publíquese una sola vez.—Juzgado
de Familia de Desamparados, 03 de setiembre de 2019.—Licda. Zeidy Jacobo
Moran, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2019386433 ).
Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes
jueza de Familia del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Einar
Armando Avilez Silva, documento de identidad desconocido, nicaragüense, vecino
de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso de
diligencia sumario de autorización de salida permanente del país, subsidiaria
de salida del país provisional y obtención del pasaporte en su contra, bajo el
expediente número 19-000810-0187-FA se ordena notificarle por edicto, la
resolución del traslado de la demanda que en lo conducente dice: Juzgado
Segundo de Familia de San José. A las catorce horas treinta y uno minutos del
veintitrés de setiembre de dos mil diecinueve. I.-II.- Del anterior proceso
sumario de autorización de salida permanente del país, subsidiaria de salida
del país provisional y obtención del pasaporte que solicita Francisca Karina
Pérez López se concede audiencia por el plazo de cinco días al señor Einar
Armando Avilez Silva para que en la persona de su curador procesal Licenciado
Luis Diego Jiménez Jiménez la conteste en la forma que indica el artículo 305
en relación con el artículo 428 ambos del Código Procesal Civil. Se ordena
tener como interviniente de estas diligencias al Patronato Nacional de la
Infancia, institución a la cual se le previene indicar medio
(fax/casillero/correo electrónico) para escuchar notificaciones, con
advertencia de que en caso de no hacerlo las resoluciones se tendrán por
notificadas con el solo transcurso de las veinticuatro horas luego de su
dictado (Articulo 11 Ley de Notificaciones Judiciales). Con el objeto de
fomentar prácticas amigables con el medio ambiente y acelerar la tramitación
procesal, el Poder Judicial está desarrollando políticas para disminuir el uso
del papel, promoviendo el empleo de medios electrónicos de comunicación.
(Sesión de Corte Plena N° 16-09 del 11 de mayo de 2009, Art. XXI) Por ello,
esta autoridad se permite instar a las partes, abogado y demás intervinientes
en este proceso a señalar un correo electrónico para recibir notificaciones y
demás comunicaciones judiciales siguiendo para ese fin las directrices
señaladas en el artículo 39 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687. “Se
exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el
fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición
es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye
los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de
notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para
recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial
del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés.
III.- IV.- V.- Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, jueza. Nota: publíquese
este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de
circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél
en que se hizo la publicación.—Juzgado Segundo de
Familia de San José.—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza de
Familia.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019386458 ).
Licenciado José Chaves Mora, Juez del
Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, hace
saber a Ener Elías Calero González, en su carácter personal, quien es de
calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que en este despacho se
interpuso un proceso divorcio en su contra bajo el expediente N°
19-000839-1307-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las catorce
horas y seis minutos del once de setiembre del dos mil diecinueve. Del anterior
proceso de autorización de salida del país, establecido por Susan Viviana
Jiménez Fernández, se confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días a
Ener Elías Calero González (art. 433 del Código Procesal Civil), representado
por el Licenciado Kenneth López Barrantes, en calidad de curador procesal. Se
le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos:
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de
octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009.
Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008,
artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un
fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el
envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como
teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono
“celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.
Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones”. Igualmente se les invita
a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como
medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la
página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial. go.cr Si desea más
información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente
de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07,
celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Dentro de este mismo plazo
podrá oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que considere pertinente. Por existir personas menores involucradas en
este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia.
Notifíquese a dicha institución por medio del correo electrónico autorizado
pococi@pani.go.cr. Notifíquese esta resolución al Licenciada Kenneth López
Barrantes al medio señalado. Asimismo se ordena
notificar a la parte demandada, mediante la publicación de edicto en el Boletín
judicial. Notifíquese. Lo anterior se ordena así en proceso autorización
salida del país de Susan Viviana Jiménez Fernández contra Ener Elías Calero
González. Expediente N° 19-000839-1307-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 11 de
setiembre del 2019.—Lic. José Chaves Mora, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019386459 ).
Licenciado, Juez del Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Marlon Javier Bello Paz, en su
carácter personal, quien es mayor, de calidades desconocidas, se le hace saber
que en demanda Autorización Salida País, establecida por Marielba Moreno
Jarquín contra Marlon Javier Bello Paz, mediante expediente N°
19-001492-0292-FA, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo
conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a
las catorce horas y diez minutos del diecisiete de setiembre de dos mil
diecinueve, del anterior Proceso de Autorización de Salida del País,
establecido por Marielba Moreno Jarquín, se confiere traslado por el plazo
perentorio de cinco días a Marlon Javier Bello Paz (Art. 433 del Código
Procesal Civil). Se le previene que en el primer escrito que presente debe
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá
igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio
señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de
enero de 2009, con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo
dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de
setiembre del 2008, artículo LXII, circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho. esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del
mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones, igualmente se
les invita a utilizar “el sistema de gestión en línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del poder judicial, http://www.poder-judicial.go.cr
si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente N° de interés así mismo, por haberlo así dispuesto el Consejo
Superior, en concordancia con la política de género del poder judicial, sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Dentro de este mismo plazo
podrá oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que considere pertinente.
Por existir personas menores involucradas en este proceso se tiene como parte
al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio
de la a la oficina de comunicaciones judiciales y otras comunicaciones de este
circuito. notifíquese esta resolución a la parte demandada, por medio de un
edicto que se publicará en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019386467 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio: el señor Heriberto
del Socorro Solís Solís, mayor, agricultor, divorciado, cédula de identidad
número 0204460313, vecino de Liberia, hijo de Paula Solís Solís, nacido en
Aguas Claras, Grecia, Alajuela, y Adelina Gerardina Pérez González, mayor,
soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0107720563, vecina de Liberia,
hija de Deyanira González Barrantes y Heriberto Pérez Mora, nacida en San
Isidro, Pérez Zeledón, San José. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente N° 19-000619-0938-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia) (Materia Familia), Liberia, 18 de setiembre del año 2019.—Licda.
María Alejandra Quesada García, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019385142 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil: Rodolfo Antonio Villalobos Pineda,
mayor, soltero, operario, cédula de identidad número uno-mil quinientos
cincuenta y siete-cero cero sesenta y dos, hijo de Hilda Yadira Villalobos
Pineda, nacido en San Isidro de Pérez Zeledón, el 2 de diciembre del año 1993,
con veinticinco años de edad, y María Victoria Arias Vargas, mayor, soltera,
oficios domésticos, cédula de identidad número uno-mil seiscientos noventa y
cuatro-trescientos sesenta y dos, hija de Mario Arias Garro y Ana Iris Vargas
Segura, nacida en San Isidro de Pérez Zeledón, el 24 de noviembre del año 1997,
actualmente con veintiún años de edad; ambas personas contrayentes tienen el
domicilio en Pérez Zeledón, San José. Si alguna persona tiene conocimiento de
algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente N° 19-000672-1303-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez
Zeledón, 12 de setiembre del año 2019.—Msc. Tania Morera Solano, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019385143 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil: Johan Esteban Sánchez Gutiérrez, mayor,
soltero, constructor, cédula de identidad número uno-mil ciento sesenta y
uno-trescientos sesenta, hijo de Róger Sánchez Gamboa y Aracelly Gutiérrez
Zúñiga, nacido en San Isidro de Pérez Zeledón, el 11 de octubre del año 1982,
con treinta y seis años de edad, y Olga Irene Arguedas Vindas, mayor,
divorciada, estilista, cédula de identidad número uno-mil setenta y dos-ciento
treinta y siete, hija de Jesús Arguedas Mora y Zeneida Vindas Valverde, nacida
en Pejibaye de Pérez Zeledón, el 30 de marzo del año 1980, actualmente con
treinta y nueve años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio
en Pérez Zeledón, San José. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente N° 19-000692-1303-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez
Zeledón, 12 de setiembre del año 2019.—Msc. Tania Morera Solano, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019385147 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil Allan Josué Cordero Navarro, mayor,
soltero, pintor de Gafeso, cédula de identidad número uno-mil seiscientos
cincuenta y uno-cero novecientos diecisiete, hijo de Jorge Eduardo Cordero Díaz
y Sonia Navarro Romero, nacido en San Isidro de Pérez Zeledón, el 21 de agosto
del año 1996, con veintitrés años de edad, y Gloriana Zúñiga Méndez, mayor,
soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número uno-mil cuatrocientos
cincuenta y cinco-cero ciento veinte, hija de Alberto Zúñiga Zúñiga y Mayela
Méndez Arias, nacida en San Isidro de Pérez Zeledón, el 25 de diciembre del año
1990, actualmente con veintiocho años de edad; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Pérez Zeledón, San José. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 19-000726-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, 12 de
setiembre del 2019.—Msc. Tania Morera Solano, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385148 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil: José del Carmen Porras Arias, mayor,
soltero, constructor, cédula de identidad número uno-cero siete nueve seis-cero
tres siete cero, hijo de José Porras Barrantes y Cecilia Arias Jiménez, nacido
en San Pedro de Pérez Zeledón, el 06 de abril del año 1971, con cuarenta y ocho
años de edad, y Andrea María Rojas Solís, mayor, soltera, oficios domésticos,
cédula de identidad número uno-uno cinco seis cero-cero cero cinco seis, hija
de Luis Alberto Rojas Guzmán y María Rosa Solís Navarro, nacida en San Isidro
de Pérez Zeledón, el 04 de enero del año 1994, actualmente con veinticinco años
de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Pérez Zeledón, San
José. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
19-000732-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, 13 de
setiembre del año 2019.—Msc. Tania Morera Solano, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385149 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil Enrique de Jesús Jiménez Cerdas, mayor,
soltero, comerciante, cédula de identidad número uno-cero siete cuatro-cero
siete tres seis, hijo de Adela María Jiménez Cerdas, nacido en San Isidro de
Pérez Zeledón, el 10 de setiembre del año 1969, con cincuenta años de edad, y
Miriam Estrada Mena, mayor, soltera, Oficios Domésticos, cédula de identidad
número uno-cero cuatro nueve cuatro-cero cuatro cinco cuatro, hija de Raúl
Estrada Granados e Higinia Mena Muñoz, nacida en San Pedro de Pérez Zeledón, el
12 de junio del año 1958, actualmente con sesenta y un años de edad; ambas
personas contrayentes tienen el domicilio en Pérez Zeledón, San José. Si alguna
persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se
realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los
ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 19-000738-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, 18 de
setiembre del 2019.—Msc. Tania Morera Solano, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385183 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil Angie Yanori Martínez Gutiérrez, cédula
de identidad número 0604200698 y Marvin Xavier Alvarado Holguin, cédula de
identidad número 0603870656. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto, expediente Nº 19-000902-1146-FA.—Juzgado de Familia
de Puntarenas, Puntarenas, 17 de setiembre del 2019.—Diego Acevedo Gómez,
Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385185 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil: Danilo Vicente de Jesús Rodríguez
Morera, mayor, divorciado, salonero, cédula de identidad número 6-176-244,
vecino de provincia: Alajuela, cantón: Alajuela, distrito: Desamparados.
Barrio: Urbanización Los Targuaces, casa N° 42-A, 300 metros al sur de la
entrada principal, nacido en Jicaral Central Puntarenas, en fecha 19 de julio
de 1963, con 55 años de edad, hijo de Ramón Rodríguez Soto y Emérita Morera
Soto, ambos progenitores costarricenses y la señora Liliana Mayela Arias
Bermúdez, mayor de edad, divorciada, comerciante, cédula de identidad N°
2-445-996, vecina de provincia: Alajuela, cantón: Alajuela, distrito: Desamparados.
Barrio: Urbanización Los Targuaces, casa N° 42-A, 300 metros al sur de la
entrada principal, nacida en Centro Central Alajuela, en fecha 17 de febrero de
1969, con 50 años de edad, hija de Luis Arias Salas y
Mireya Bermúdez Montoya, ambos padres costarricenses Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 19-001221-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, Alajuela, 08 de julio del año 2019.—Licda. Eugenia María de los
Ángeles Bolaños Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019385188 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil el señor Daniel Francisco Bejarano
Hernández, mayor de edad, soltero, cédula de identidad 1-1162-0669, ocupación
atención de servicio al cliente, vecino de Alajuela, El Roble, Urbanización Luz
del Sol, casa número 19, hijo de Luz Argent Bejarano Hernández de nacionalidad
costarricense, nacido en San José, en fecha 09 de febrero de 1983, con 36 años
de edad, y la señora Yanina María Vásquez Morera, mayor de edad, soltera,
cédula de identidad 2-758-461, ocupación atención de servicio al cliente,
vecina de Alajuela, El Roble, Urbanización Luz del Sol, casa número 19, hija de
Eliseo Vásquez Campos y de Juana María Morera Molina ambos de nacionalidad
costarricense, nacida en Alajuela, en fecha 05 de octubre de 1996, con 22 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que
este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente Nº Nº19-001549-0292-FA.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 03 de setiembre
del año 2019.—Licda. Eugenia María De Los Ángeles Bolaños Rodríguez, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019385205 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil la señora Sirley María Cortés Fonseca,
mayor de edad, cédula de identidad N° 2 0473 0051, ocupación recepcionista,
vecina de Villa Bonita, Alajuela, hija
de María de los Ángeles Fonseca Loría y de German Cortés Artavia, nacida en
centro de Alajuela, en fecha 20 de noviembre de 1971, con 46 años de edad, y el
señor José Guerrero Campos, mayor de edad, cédula de identidad N° 2 0447 0924,
ocupación Asesor de Viajes, vecino de Villa Bonita, Alajuela, hijo de María de
los Ángeles Campos Solís y de Danilo Guerrero Ramírez, nacido en centro de
Alajuela, en fecha 27 de abril de 1969, con 50 años de edad. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto, expediente N° 19-001557-0292-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, a las nueve
horas y cincuenta y cuatro minutos del seis de setiembre del dos mil
diecinueve.—Licda. Eugenia María Bolaños Rodríguez, Jueza Tramitadora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019385206 ).
Han comparecido a este Despacho,
solicitando contraer matrimonio civil el señor Miguel Ángel Andino González,
mayor, soltero, soldador, documento de residente permanente número
155806803605, vecino de Alajuela, Rincón de Cacao, de la Pulpería El Mango; 100
metros oeste, hijo de Augusto Cesar Andino Suárez y María González Izquierdo,
nacido en nicaragua, Chinandega, Chinandega, el día 23 de mayo de 1982, con 37
años de edad y Fátima del Rosario Castellón García, mayor, soltera, documento
de residente permanente número 155818037711, vecina de Alajuela, Rincón de
Cacao, de la Pulpería El Mango; 100 metros oeste, hija de Marcial Antonio
Castellón y Ana del Carmen García, nacida en nicaragua, Chinandega, Chinandega,
el 18 de octubre de 1986, actualmente con 32 años de edad. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 19-001616-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 13 de setiembre del año 2019.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019385210 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil Johanna Mora Madrigal, mayor,
divorciado/a, no indica, cédula de identidad número 0205810948, nombre de la
progenitora y nombre del progenitor, domicilio en Sarchí Norte V Vega Alajuela,
el 03/12/1979, con 39 años de edad, y Wagner Antonio Méndez Soto, mayor,
soltero/a, no indica, cédula de identidad número 0303400288, nombre de la
progenitora y nombre del progenitor , domicilio en ST Teresita Turrialba
Cartago, el 04/02/1976, actualmente con 43 años de edad; ambas personas
contrayentes tienen el domicilio en Sarchí Norte, Calle San Rafael bajando
hacia el Colorado Grecia. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente. Nº19-000713-0687-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia Familia), Grecia, 18 de
setiembre del 2019.—Licda. Marjorie de los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.—1
vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385233 ).
Julio Cesar Gómez Campos y Joselyn
Escorcia Marín, cédula por su orden 3-0396-0310 y 1-1536-0511, vecinos por su
orden Cartago, San Rafael de Oreamuno, Barrio Santa Eduviges, casa 15, y
Cartago, Tres Ríos, Villas de Ayarco, de la Escuela de Villas de Ayarco, 200
metros este y 50 norte casa 2A, desean contraer matrimonio y afirman reunir
todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo debe
ser presentada ante esta notaría con oficina en Cartago, Los Ángeles,
Urbanización La Puebla de los Pardos, 350 metros sur de la Basílica Nuestra
Señora de los Ángeles, del parque infantil, 75 metros sur, dentro de los ocho
días luego de esta publicación.—Licda. Alexa Guzmán
Segura, Notaria.—1 vez.—( IN2019385497 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil Josef Arturo Vargas Cruz, mayor, soltero,
policía, cédula de identidad número seis-trescientos ochenta-cero setenta y
nueve, vecino de Vera Cruz de Coloradito de Paso Canoas, Ciudadela Vera Cruz,
casa número 38, hijo de Lidia María Cruz Martínez y Olger José Vargas Mejías,
ambos padres de nacionalidad costarricenses nacido en Corredor Corredores
Puntarenas, el 02/06/1989, con 30 años de edad, número telefónico: 8578-67-61;
y Angélica María Torres Lezcano, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de
identidad número seis-cuatrocientos cuarenta y cinco-cero cuarenta y uno,
vecina de misma dirección anterior, hija de Andrea Edith Lezcano Moreno y Isaac
Torres Caballero, ambos de nacionalidad costarricenses, nacida en Canoas
Corredores Puntarenas, el 01/11/1992, actualmente con 26 años de edad. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
19-000432-1304-FA.—Juzgado de Familia
y Violencia Doméstica del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), Corredores,
Ciudad Neily, 10 de setiembre del 2019.—Lic. Juan Carlos Sánchez García,
Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385621 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil Jacob Cruz Vallejo, mayor, soltero,
empleado de servicios de apoyo a la producción, cédula de identidad número
0603990215, vecino de Coto 41 dos kilómetros del Hospital de Ciudad Neily, hijo
de Mélida Vallejo Vallejo y Gabriel Cruz Saborío, nacido en Corredor Corredores
Puntarenas, el 12/12/1991, con veintisiete años de edad, teléfono 83-76-41-60 y
Yoselyn Patricia Guevara Porras, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de
identidad número 0604460051, vecina de Kilómetro 20, de Golfito casa número 7,
hija de Luzmilda Porras Beita y José Zeneido Guevara Castillo, nacida en
Corredor Corredores Puntarenas, el 18/05/1998, actualmente con veintiún años de
edad, teléfono 86-81-02-79. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente Nº 19-000433-1304-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Domestica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur
(Corredores) (Materia Familia), Corredores, Ciudad Neily, 28 de agosto del
año 2019.—Lic. Cesar Monge Vallejos, Juez.—1 vez.— O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019385622 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil: Michael David Arias González, mayor,
soltero/a, peón, cédula de identidad número 0115940764, vecino(a) de Coto 45,
tercera entrada a mano derecha, cuarta casa, hijo(a) de Felicia Arias González,
nacido(a) en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el 14/12/1994, con
veinticuatro años de edad; y Yosly Daniela Vargas Martínez, mayor, soltero/a,
oficios domésticos, cédula de identidad número 0116640566, vecino(a) de mismo
domicilio del anterior, hijo(a) de Yenny Martínez Jiménez y Errol Eduardo
Vargas Valverde, nacida en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el 26/12/1996,
actualmente con veintidós años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de
algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente Nº 19-000453-1304-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur
(Corredores) (Materia Familia), Corredores, Ciudad Neilly, 09 de setiembre
del 2019.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019385623 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil Didier Alonso Castro Arroyo, mayor,
soltero, agricultor, cédula de identidad número 0603770683, nombre de la
progenitora María Juanita Arroyo Fonseca y nombre del progenitor Carlos Antonio
Castro Chacón, domicilio en San Vito, Coto Brus Puntarenas, el 06/01/1989, con
treinta años de edad, y Sara Gómez Matarrita, mayor, soltera, oficios
domésticos, cédula de identidad número 0604260166, nombre de la progenitora
Martha Lidia Matarrita Rodríguez y nombre del progenitor Gerardo Gómez Gómez,
domicilio en San Vito, Coto Brus Puntarenas, el 23/08/1995, actualmente con
veinticuatro años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en
San Bosco de Sabalito; doscientos metros al sur, de Coopesabalito, Coto Brus.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº
19-000456-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Domestica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia
Familia), Corredores, Ciudad Neilly, fecha, 11 de setiembre del año
2019.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019385624 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil Luis Francisco Reyes Chacón, mayor,
divorciado, trabaja con la guardia Municipal interna de la Municipalidad de San
José, vecino del Liceo del Sur, 50 metros al norte, 50 metros oeste, sobre la
línea férrea, casa N° 1819-1821, portador de la cédula de identidad número
1-659-607, nacido el nueve de agosto de mil novecientos sesenta y dos, la madre
se llama Anita del Socorro Chacón Madrigal y el padre Julio Ricardo Reyes
Arauz, y Ciny María Solís Méndez, mayor,
divorciada, ama de casa, vecina del Liceo del Sur, 50 metros al norte, y 50
metros al oeste sobre la línea férrea, casa N° 1918-182, Barrio Cuba, San José,
portadora de la cédula de identidad 1-630-0043, nacida en fecha ocho de junio
de mil novecientos sesenta y cuatro. Hija de María Ester Méndez Marín y Hernán
Solís Segura. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Nota:
Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un
periódico de circulación nacional.- Los plazos comenzarán a correr tres días
después de aquél en que se hizo la publicación Expediente Nº 19-
000855-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, San José, 20 de
setiembre del 2019.—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza de
Familia.—1 vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385626 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Phillip Mauricio Angulo
Muñoz, mayor de edad, soltero, oficinista, cédula de identidad número
0113810572, vecino de La Pitahaya, Cartago, 200 metros sur del Palí de La
Pitahaya, Urbanización San Pablo, casa número I-15, color verde con verjas
negras, hijo de Gloria Muñoz Acosta y Edwin Francisco Angulo Duarte, nacido en
Carmen, central, San José, el 15/02/1989, con 30 años de edad, y Dalia Georgina
Hernández Baltodano, mayor de edad, soltera, oficinista, cédula de identidad
número 0304060637, vecina de La Pitahaya, Cartago, 200 metros sur del Palí de
la Pitahaya, Urbanización San Pablo, casa número I-15, color verde con verjas
negras, hija de Dalia Baltodano Cruz y Miguel Hernández Calderón, nacida en
Oriental, central, Cartago, el 31/10/1985, actualmente con 33 años de edad. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
19-002641-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago,
Cartago, 20 de setiembre del año 2019.—Licda. Patricia Cordero García,
Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019385639 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil Orlando Obando Obando, mayor, viudo,
piangüero, cédula de identidad número 0501490445, vecino de Purrija,
Residencial Manuel Tucler Martínez, casa número C1, hijo de María Obando
Obando, nacido en Colorado, Abangares, Guanacaste, el 08/10/1953, con 66 años
de edad, y Jeannette Arce Calvo, mayor, soltera, ama de casa, cédula de
identidad número 0601070943, vecina de Purrija, Residencial Manuel Tucler
Martínez, casa número C1, hija de Noemy Calvo Fernández y José Ramón Arce
Espinoza, nacida en Golfito, Osa, Puntarenas, el 13/09/1952, actualmente con 67
años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente Nº 19-000187-1086-FA.—Juzgado de Familia
y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia), Golfito, 11 de
setiembre del año 2019.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019385904 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil, Elvin Alexis Alvarado Guadamuz, mayor,
divorciado, dependiente, cédula de identidad número 0603470028, vecino de
Golfito, La Mona, Urbanización Daniel Herrera, casa G-35, hijo de Yorleny
Guadamuz Guadamuz y Ramon Alvarado Naranjo, nacido en centro Golfito,
Puntarenas, el 08/05/1985, con 34 años de edad, y Cesiaruth Meza Castillo,
mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0702280733,
vecina de Golfito, kilómetro cinco dos casas antes de castillo, hija de Ana
Ruth Castillo Guzmán y Freddy Meza Hidalgo, nacida en Guápiles, Pococí, Limón,
el 19/07/1994, actualmente con 25 años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 19-000192-1086-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito
(Materia Familia), 20 de setiembre del año 2019.—Licda. Karla Gabriela
Méndez Cubillo, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2019385906 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil Wilbert Gerardo Soto Montero, mayor,
soltero, labora para seguridad privada, cédula de identidad número 0108480009,
vecino de San José, Goicoechea, 300 metros oeste y 100 sur de la Iglesia del
Rosario, casa de lata celeste, hijo de Wilber Soto Jiménez y Elizabeth Montero
Valverde, nacido en Hospital, Central, San José, el 06-01-1973, con 46 años de
edad, y Nathalie de Los Ángeles Solano Morales, mayor, soltera, ama de casa,
cédula de identidad número 0115110287, vecina de San José, Goicoechea, 300
metros oeste y 100 sur de la Iglesia del Rosario, casa de lata celeste, hija de
José Alberto Solano Mayorga y Evelyn Morales Salazar, nacida en Hospital,
Central, San José, el 18/07/1992, actualmente con 27 años de edad. Si alguna
persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se
realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los
ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-001755-0165-FA.—Juzgado de Familia Segundo Circuito Judicial de San
José, Goicoechea, 10 de setiembre del 2019.—Msc. Valeska Von Koller
Fournier, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385908 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil: Carlos Martín de la Trinidad Ramírez
Herrera, mayor, estado civil soltero, profesión comerciante, cédula de identidad
número 4-0148-0471, vecino de Heredia, Barreal 350 metros suroeste del Salón
Comunal, teléfono 8891-7348, hijo de Carlos Alberto Ramírez Rodríguez y Flor de
María Herrera Garita, nacido en Heredia, con 50 años de edad, y Georgina del
Socorro Barquero Montero, mayor, estado civil divorciada, profesión
comerciante, cédula de identidad número 4-0151-0404, vecina de la misma
dirección antes indicada, teléfono 6197-2850, hija de Virgilio Barquero Campos
y Felicia Montero Chaves, nacida en Heredia actualmente con 49 años de edad. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 19-001992-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, Heredia, 23 de
setiembre del año 2019.—Licda. Jenny Ñurinda Montoya, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019385909 ).
Han comparecido ante esta notaría
solicitando contraer matrimonio civil: los señores Randall Mario Solís Miranda,
mayor, divorciado de sus primeras nupcias, administrador de empresas, vecino de
Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, Linda Vista, 300 metros norte de la
Escuela Linda Vista, hijo de Víctor Hugo Solís Rodríguez y Virginia Miranda
Soto, y Laureen Francine Porras Garita, divorciada de sus primeras nupcias,
administradora de empresas, mismo domicilio del señor Águila, cédula de
identidad número 205790681, hija de Fernando Porras Jiménez y Alicia Garita
Madrigal. Si alguna persona tiene conocimiento de que exista impedimento alguno
para que este matrimonio se celebre, debe comunicarlo a esta notaría, ubicada
en San Carlos, Ciudad Quesada, 100 metros norte y 75 metros este de la
Catedral, altos del café Internet, Bufete Millet-Sibaja & Asociados o al
fax 2460-9785, dentro de los ocho días naturales y posteriores a la publicación
de este edicto. Lic. Carlos Francisco Millet Nieto, 20 de setiembre del
2019.—Lic. Carlos Francisco Millet Nieto, Notario.—1
vez.—( IN2019386197 ).
El suscrito Arturo Salvador Zúñiga, Fiscal Auxiliar, Fiscalía Adjunta
contra el Narcotráfico y Delitos Conexos, comunica a la sucesión de quienes en
vida se llamaron Juan Manuel Montero Campos portador de la cédula de identidad
9-710-168 y Manuel Alejandro Hidalgo Retana portador de la cédula de identidad
1-1465-0002, además a los señores Wendy Torres Abarca, portador de la cédula de
identidad 6-336-889, Jacqueline Andrea Campos Brenes portador de la cédula de
identidad 1-1230-133, Luis Alberto Vargas Arrieta Retana portador de la cédula
de identidad 4-0164-0006 Christian Alberto Gómez Víquez Retana, portador de la
cédula de identidad 1-893-550 para que se apersonen ante la Fiscalía Adjunta
Contra el Narcotráfico y Delitos Conexos, ubicada en San José, Barrio González
Lahaman, Edificio Tribunales de Justicia, segundo piso, a fin realizarles la
comunicación de la Acusación Fiscal y Sobreseimiento dentro la causa
10-011172-0042-PE, contra José Luis Muñoz Lizano y otros, por el delito de
estafa, en perjuicio de Juan Manuel Montero Campos y otros. Por lo anterior se
procede a comunicarle por medio de edicto que se publicará una vez en el Boletín
Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría
de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de
derechos. Confeccionándose el oficio de estilo.—Fiscalía
Adjunta contra el Narcotráfico y Delitos Conexos.—Arturo Salvador Zúñiga,
Fiscal Auxiliar.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019386390
). 3 v. 1.